San Cristóbal, 07 de Abril de 2009.
Visto el informe final de la Unidad Técnica N° 03 de Apoyo al Sistema Penitenciario del estado Táchira, mediante el cual comunica a este Tribunal que la penado RIVERA CUADROS JAVIER quien se encontraba cumpliendo el Beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA. Se observa que la referida penada ha cumplido satisfactoriamente con las condiciones impuestas, y en virtud del tiempo transcurrido hasta la presente fecha se acredita el cumplimiento total del régimen bajo el mencionado Beneficio
En consecuencia, procede declararse el cumplimiento total de las condiciones impuestas, así como la extinción de la responsabilidad criminal y la libertad plena de penado, y así se decide:
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, impuesto al ciudadano RIVERA CUADROS JAVIER, plenamente identificado en autos, por el delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO O HURTO. En consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.
Remítase el presente expediente al Archivo Judicial de este Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en virtud de la terminación total del proceso penal, y déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal, se notifica a las partes. Líbrese Oficio y regístrese su salida.
Abg. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ.
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN
Abg. MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ
SECRETARIA.
Exp. 3E-2464
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