REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 11 de abril del 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2009-000456
ASUNTO : SP11-P-2009-000456
Visto el escrito presentado por los Abgs. HENRY FLORES RONDON y YOLANDA ELENA PARADA, Fiscal (P) y (A) de la Fiscalía Vigésimo Quinta del Ministerio Publico, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de JOSE ANTONIO RODRIGUEZ por la presunta comisión de uno de los delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO en perjuicio del ciudadano ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:
En fecha 11/07/2008, ocurrieron los hechos tal como se evidencia del acta de investigación Policial suscrita por funcionarios adscrito a la Comisaría de San Antonio.
Corre inserto a las actuaciones las siguientes diligencias:
1. Acta de Investigación Penal.
2. Entrevista al ciudadano José Antonio Rodríguez
3. Experticia N° 3792 de fecha 17/07/2008
4. Reconocimiento Técnico 382.
Ahora bien, analizadas como han sido las actas que conforman la presente causa, concluye quien aquí decide, del resultado de la investigación podemos inferir las autoridades que el hecho objeto de la investigación no se realizo, por lo que este Tribunal considera procedente decretar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal; siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eisdum. Y así decide:
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de San Antonio del Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta el Sobreseimiento de la presente Causa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 primer caso del Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. JOSE MAURICIO MUÑOZ MONTILVA
LA SECRETARIA
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