REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia en lo
Penal en Funciones de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 07 de Abril de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2009-00009
ASUNTO : WK01-P-2009-00009

Compete a este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra de la ciudadana TANFANA ZISLILA PACHECO, de nacionalidad Colombiana, natural de Bogotá Colombia, nacida en fecha 21 de Marzo de 1974, de 34 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, hija de María Teresa Pacheco y de padre desconocido, domiciliada en La Esperanza 03, vereda 10, Casa N° 01, dos casas de la bodega Sra. vereda, Parroquia Carayaca Estado Vargas, titular de la cédula de identidad N° V-22.279.342, a quien se le siguió juicio por la comisión de los delitos de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal.

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 160 al 170 de la Tercera Pieza, sentencia publicada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal de fecha 25 de Febrero de 2009, mediante la cual Absuelve, a la ciudadana TANFANIA ZISLILA PACHECO, de la acusación formulada en su contra por la Representación de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público del Estado Vargas, por la comisión del los delitos de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, por considerar que no existían elementos suficientes de convicción procesal que demostraran la culpabilidad y subsiguiente responsabilidad penal de la penada en los hechos señalados, pronunciamiento que fue declarado definitivamente firme por el citado Despacho, mediante auto de fecha 20 de Marzo de 2009.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, de la mencionada ciudadana y ORDENAR su exclusión de pantalla cualquier registro policial que se presente en relación a esta causa y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA a la ciudadana TANFANA ZISLILA PACHECO, arriba identificada, a quien se le siguió juicio por la comisión de los delitos de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en virtud de haber dictado el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, sentencia absolutoria a su favor, en fecha 25 de Febrero de 2009.
Regístrese, Diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminológicas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar la ciudadana TANFANA ZISLILA PACHECO.
LA JUEZ DE EJECUCION,

ABG. YOLEXSI URBINA MARTINEZ

LA SECRETARIA

ABG. ELFYY VICENTI