REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, quince (15) de abril del dos mil nueve (2009)
198° y 150°

ASUNTO N° WP11-L-2008-000457

Vista la diligencia de fecha trece (13) de abril del año dos mil nueve (2009), suscrita por el Profesional del Derecho GLENN ATARS MATA, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa demandada AVÍCOLA MAYUPÁN, C.A., mediante la cual solicita la intervención de la compañía ILENDER VENEZUELA, C.A. como tercero llamado a juicio; este Tribunal, acuerda lo solicitado, en tal sentido lo ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el Artículo 54 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena emplazar mediante Cartel de Notificación, al tercero llamado a juicio empresa ILENDER VENEZUELA, C.A., en cualesquiera de las personas Ciudadanos GUILLERMO ALBERTO GUERRA COGORNO ó JAIMALIDA DEL PILAR CARDOZO en su carácter de DIRECTOR VOCAL y GERENTE DE OPERACIONES, respectivamente, a fin de que comparezcan por ante los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, asistidos de abogado o representados por medio de apoderado, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.) DEL DÉCIMO (10°) DÍA HÁBIL SIGUIENTE, transcurridos como hayan sido dos (02) días continuos que se le concede a la referida empresa como término de la distancia, al de la constancia que ponga el Secretario en autos, de haber cumplido con dicha actuación, a los efectos de que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR. Igualmente, se le hace saber a las partes, que deberán consignar sus escritos de pruebas y elementos probatorios (debidamente organizados) en la oportunidad del inicio de la Audiencia Preliminar, a los fines de procurar la mediación, para lo cual se insta a las partes acudir personalmente acompañados de las personas que tengan conocimiento de los hechos. Por cuanto la dirección de la empresa ILENDER VENEZUELA, C.A., se encuentra fuera de la Jurisdicción del estado Vargas, y con la finalidad de facilitar el acceso a la Justicia y a la Tutela Judicial Efectiva, este Tribunal en consecuencia, ordena Exhortar al Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, a los fines de que se sirva notificar a la referida empresa. Líbrense Carteles, Oficio y Exhorto. Por último, no se ordena la notificación de las partes demandante y demandada por cuanto las mismas se encuentran ha derecho. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ PROVISORIO

Dr. ARNALDO RODRÍGUEZ LEÓN
LA SECRETARIA

Abg. ANGELA PADRÓN
ARL/AP/Angel*
WP11-L-2008-000457