REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO TACHIRA

198° y 150 °


EXPEDIENTE Nº SPO1-L-2008-000840.

PARTE ACTORA: FREDY ANDELFO SANTOS RIOS, C.I:V-9.180.864.
ABOGADO DEL DEMANDANTE: EYLEEN ZAMBRANO RAMIREZ, con IPSA Nro: 105.087.
PARTE DEMANDADA: EXPRESOS LOS LLANOS C.A.
APODERADO DE LA DEMANDADA: JUAN AGUSTIN RAMIREZ, y NORMA BERMUDEZ URDANETA, con IPSA Nros: 71.471 y 124.833.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, Lunes 06 de Abril de 2009, siendo las dos y treinta de la tarde (02:30pm) oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación a la Audiencia Preliminar, comparece por ante este Juzgado el trabajador FREDY ANDELFO SANTOS RIOS, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.180.864 y los abogados de ambas partes, a saber el abogado del demandante: EYLEEN ZAMBRANO RAMIREZ, inscrito en el IPSA bajo número 105.087 y se hizo presente en representación de la parte demandada el abogado: NORMA BERMUDEZ URDANETA , inscrita en el IPSA bajo los Nro.124.833, dándose inicio a la misma se le concede el derecho de palabra al apoderado de la parte demandada y concedido como le fue expuso: propongo a la parte demandante, reciba como pago definitivo de todo y cada uno de los conceptos demandados y reclamados la cantidad total de TREINTA MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.30.000,00), que será pagado ante este Tribunal, de la manera siguiente: El Primer pago: para el día 21 de Abril del año 2009 por la cantidad de Bs. 15.000,00; el Segundo y ultimo pago: para el día 21 de Mayo de 2009 por la cantidad de Bs.15.000,00 para poder llevar a cabo el cumplimiento total de dicha obligación. En este estado se instó a la parte actora a considerar dicha cantidad para darle fin al proceso y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho le corresponde; la parte actora declara estar conforme con lo propuesto, se señala que no resta monto alguno a su favor por lo reclamado en el líbelo de la demanda. Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Laboral del Estado Táchira HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre las partes y le otorga el carácter de cosa juzgada, dándose por concluido el presente proceso, de conformidad con lo establecido por el artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena expedir tres copias certificadas de la presente acta y no se ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste en autos el último pago efectivo. Es todo, termino se leyó y conformes firman.-


Dra. Yalena Mora
La Juez PARTE ACTORA.




APODERADO DE LA PARTE ACTORA
ABOGADO
DE LA PARTE DEMANDADA





Secretaria

Abg. TERESA MERCADO
Exp.08-840.
YM