REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, treinta (30) de abril de dos mil nueve (2009)
198° y 149°

ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2008-000231.
PARTE ACTORA: FREDDY RAMON MARIN CABRITA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.216.087.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JESUS CASTELLANO, JULIO CESAR MENDEZ y SONIA FERNANDES, Abogados en ejercicio, inscritos en el INPREABOGADO bajo el número 42.051, 55.724 y 57.815, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “CORPORACION PARA LA RECUPERACION Y DESARROLLO DEL ESTADO VARGAS (CORPOVARGAS).”
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA DOM GONZALO CRESPO PIÑA, FREDERICK JESUS SANCHEZ FERNANDEZ y YENNY CAROLINA ALU HUERTA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 26.223, 98.571 y 81.069 y titulares de la cédula de identidad número 5.307.674, 13.044.832 y 13.572.910, respectivamente. .
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS”.

En el día hábil de hoy, treinta (30) de abril del dos mil nueve (2009), siendo las once y treinta (11:30 a.m.) horas de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, compareció el profesional del derecho FREDERICK JESUS SANCHEZ FERNANDEZ, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada quién consigna en este acto documento poder en original y copia para su certificación en autos, mediante la cual acredita su representación, por una parte y dándose inicio a dicho acto, en este estado, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ,


DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ





APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA,




LA SECRETARIA,


ABG. ANGELY ARIAS
EXP. Nº WP11-L-2008-000231.