REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintinueve (29) de abril del año dos mil nueve (2009)
199° y 150°

ASUNTO No. WP11-S-2006-000092

Vista la TRANSACCIÓN LABORAL celebrada entre la profesional del derecho DANIELA JARABA CASTILLO inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 117.998, en su carácter de Apoderada Judicial de la Empresa AVIOR AIRLINES C.A., por una parte, y por la otra el ciudadano JESUS ALBERTO GIL RAVELO, debidamente asistido por el Profesional del Derecho CARLOS MORANTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 44.016; presentada ante el TRIBUNAL DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, y revisados como han sido los términos bajo los cuales las partes suscribieron la referida transacción y por cuanto los mismos no vulneran derechos irrenunciables del ex trabajador ni normas de orden público, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal actuando de acuerdo a las facultades conferidas en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo, no se dará por terminado el presente procedimiento hasta tanto no conste en autos el ultimo pago acordado.-
EL JUEZ,

Dr. GUSTAVO ROMERO
LA SECRETARIA.

Abg. YNDORYANA VALLES


GR/YV/deyvi-.
-WP11-S-2006-000092