REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, lunes tres (03) de agosto del dos mil nueve (2009)
199° y 150°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2009-000139
PARTE ACTORA: SKARLY YERATY ORTA LIENDO, titular de la cédula de identidad No. V.- 16.034.471.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: MARITZA ALVAREZ DE SANCHEZ, KAREN MARYNEL SANCHEZ ALVAREZ y ANDRES GRILLO GOMEZ, inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 16.058, 85.663 y 52.358, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYÓ.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS.

En el día hábil de hoy, lunes tres (03) de agosto del dos mil nueve (2009), siendo las once (11:00 a. m.) horas de la mañana, comparecen por ante este Tribunal las ciudadanas MARITZA ALVAREZ DE SANCHEZ y KAREN MARYNEL SANCHEZ ALVAREZ, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte actora en el presente proceso, y el ciudadano CATALDO CAMPIONE, en su carácter de representante legal de la empresa demandada, y solicitan a la ciudadana Juez se habilite el tiempo necesario a los fines de llegar a un acuerdo conciliatorio en la presente causa, el Tribunal lo acuerda y da inicio al acto. A continuación, el apoderado judicial de la empresa AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A., manifiesta que ha llegado a un acuerdo de pago en la presente causa, y ofrece cancelarle a la extrabajadora demandante la cantidad de DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN BOLIVARES (Bs. 16.481,00), cantidad ésta que corresponde al monto de la planilla de liquidación de prestaciones sociales presentada por la empresa demandada, la cual corre inserto al folio cuarenta y seis (46) del presente expediente, y la cual se hace parte integrante de la presente acta. Seguidamente, las apoderadas judiciales de la parte actora, manifiestan estar de acuerdo con el pago ofertado en este acto, por la labor prestada por la ciudadana SKARLY YERATY ORTA LIENDO, en el lapso comprendido entre el 01 de junio del año 2006, hasta el día 12 de enero de 2009, como Agente de Seguridad, devengando un último Salario Básico Mensual de Bs. 959,08, Motivo de egreso: Despido. Los conceptos relativos a las Prestaciones Sociales suman la cantidad de DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN BOLIVARES (Bs. 16.481,00), los cuales serán cancelados de la siguiente manera: Un primer pago por la cantidad de OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS, (Bs. 8.240,50), para ser efectuado el día 16 de septiembre de 2009, y un segundo y último pago por la cantidad de OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS, (Bs. 8.240,50), para ser efectuado el día 16 de octubre de 2009, ambos por ante la sede de este Circuito Judicial, mediante cheques a nombre de la ciudadana SKARLY YERATY ORTA LIENDO, dejando constancia ambas partes de dichos pagos en el expediente. Seguidamente, las apoderadas judiciales de la parte demandante, aceptan y convienen que con los pagos ofertados quedan satisfechos todos los conceptos laborales enunciados en la planilla de liquidación de prestaciones sociales antes mencionada, no quedando a deber ni estos ni ningún otro concepto derivado del vínculo laboral que los unió. Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YEPEZ


LAS PARTES COMPARECIENTES:


APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA,


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,



LA SECRETARIA,

ABG. GERALDINE GASPERI
Exp. Nº WP11-L-2009-000139