REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
DEM.1043-09-729
CAPITULO I
DE LAS PARTES
DEMANDANTE: Zulay Sánchez Márquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.534.890, en su carácter de madre de los Adolescentes Eduard José, Yulecxy Jackeline y la niña Eimar Alexandra Andrade Sánchez.
DIRECCIÓN: Abejales, Municipio Libertador del Estado Táchira.
DEMANDADO: Wilson José Andrade Bustamante, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.367.752, en su carácter de padre de los Adolescentes Eduard José, Yulecxy Jackeline y la niña Eimar Alexandra Andrade Sánchez.
DIRECCIÓN: frente a la Estación de Servicios Caparo de Abejales Municipio Libertador del Estado Táchira.
MOTIVO: Fijación de la Obligación de la Manutención
CAUSA Nro. 1043-09
FECHA DE ENTRADA: 20 de Mayo de 2009.
CAPITULO II
DE LOS HECHOS
Se inicio el presente procedimiento en fecha 15 de Julio de 2009, mediante acta de solicitud de Fijación de la Obligación de la Manutención presentada en este Tribunal por la ciudadana: ZULAY SANCHEZ MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-15.534.890, a favor de sus hijos EDUARD JOSE, YULECXY JACKELINE y la niña EIMAR ALEXANDRA ANDRADE SANCHEZ, contra el ciudadano WILSON JOSE ANDRADE BUSTAMANTE, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.367.752-
En fecha 21 de Julio de 2009, se admitió y se le dio entrada a la solicitud, se ordeno la citación del demandado ciudadano WILSON JOSE ANDRADE BUSTAMANTE, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.367.752, en Abejales diagonal a la Estación de Servicios Caparo, para que comparezca por ante este Tribunal al tercer (3er) día de despacho siguiente a aquel que conste en autos su citación a las once y treinta (11:30) de la mañana, a fin de celebrar el acto conciliatorio entre las partes.
En fecha 21 de Julio de 2009, se libro Boleta de Notificación de notificación al Fiscal Decimocuarto Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión de la presente demanda.
En fecha 21 de Julio de 2009, se libro oficio al Jefe de Recursos Humanos de la Empresa CONEX- ALSTOM, solicitando el monto del salario que percibe el obligado ciudadano: WILSON JOSE ANDRADE BUSTAMANTE.
En fecha 30 de Julio de 2009, mediante diligencia el Alguacil del Tribunal consigna Boleta de Notificación librada al Fiscal Decimocuarto Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira.
En fecha 11 de Agosto de 2009, comparecen de manera voluntariamente los ciudadanos ZULAY SANCHEZ MARQUEZ y WILSON JOSE ANDRADE BUSTAMANTE, parte demandante y demandada, previa entrevista con la jueza se le concedió el derecho de palabra al ciudadano: WILSON JOSE ANDRADE BUSTAMANTE quien expuso: “Ofrezco como Fijación de la obligación de la manutención la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 600,oo) mensuales, los cuales depositare los cinco (5) primeros días de cada mes en la cuenta de ahorros que aperture el Tribunal para tal fin, y para el mes de Agosto el doble de dicha cantidad es decir la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,oo) mas el bono escolar otorgado por la compañía y para Diciembre la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 1.200,oo) mas el 50% de gasto decembrinos, y el 50% de los gastos médicos y de medicinas”. Estando presente la ciudadana: ZULAY SANCHEZ MARQUEZ se le concedió el derecho de palabra quien expuso: “Acepto el ofrecimiento hecho por el padre de mis hijos en todas y cada una de sus partes”
En fecha 11 de Agosto de 2009, mediante diligencia el Alguacil del Tribunal consigna Boleta de Citación librada al obligado ciudadano: WILSON JOSE ANDRADE BUSTAMANTE, quien la recibió y firmo en fecha 11 de Agosto de 2009, quedando legalmente citado.
CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN
En consecuencia y por cuanto el convenimiento suscrito entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte HOMOLOGACIÓN a la Acta de fecha 11 de Agosto de 2009, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la Obligación de la Manutención, todo de conformidad con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Líbrese oficio a la Entidad Bancaria de Banfoandes, solicitando la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana: ZULAY SANCHEZ MARQUEZ, a los fines de movilice la cuenta de ahorros aperturada para el deposito de la obligación de manutención sin autorización del tribunal.
Publíquese y regístrese la presente decisión.
Déjese copia certificada para el Archivo del Tribunal
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los trece días del mes de Agosto del dos mil nueve. Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
La Jueza.
ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.
La Secretaria Accidental.
ABG. LISA MIREIBY CASIQUE LAMPREA
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