REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL
EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
199° Y 150°

San Cristóbal, 13 de Agosto de 2009

 PENADO: JAIME ALONSO PRADA GONZALEZ
 CAUSA: N° 2E-3604
Por recibido el escrito sin número, suscrito por el penado JAIME ALONSO PRADA GONZALEZ, solicitando la autorización para salir de la jurisdicción del Estado Táchira hacía el Estado Apure durante una semana, para encontrarse con su familia e igualmente para poder finiquitar asuntos comerciales que le quedaron pendientes desde el mes de Agosto de 2008, este tribunal observa:
De los folios 99 al 104 corre agregada decisión de este tribunal del 13/5/2009 mediante la cual se le otorgó al penado la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena por el lapso de TRES AÑOS, imponiendo dentro de las condiciones, no salir de la Jurisdicción del Estado Táchira sin autorización del Tribunal y presentarse ante la Unidad Técnica del Estado Táchira cada 15 días. En este sentido el penado fue debidamente notificado en fecha 22/5/2009 (folio 109) de todas y cada una de las condiciones, indicando allí él mismo que se daba por notificado y se obligaba a cumplir con las condiciones impuestas.
Así las cosas, se evidencia que el Beneficio otorgado es de gran flexibilidad, distinto de las otras medidas como destacamento de trabajo, régimen abierto y demás, que debe velar el tribunal por la unión familiar, así como la reincorporación de los penados al trabajo, aunado a ello la obligación de presentaciones es cada 15 días, lo que permite establecer que el permiso de una semana no alteraría el régimen de presentaciones que viene realizando, por lo que no se desnaturaliza el beneficio otorgado así como sus fines y objetivos, en consecuencia el Tribunal OTORGA EL PERMISO para movilizarse hasta el Estado Apure del penado JAIME ALONSO PRADA GONZALEZ, DESDE EL DÍA 15 DE Agosto de 2009 hasta el dia 23 de Agosto de 2009. Y así se decide.

Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE

UNICO: OTORGA EL PERMISO para movilizarse hasta el Estado Apure del penado JAIME ALONSO PRADA GONZALEZ, DESDE EL DÍA 15 DE Agosto de 2009 hasta el dia 23 de Agosto de 2009


Notifíquese al solicitante.


Líbrese oficio al Delegado de Prueba en la Unidad Técnica.
Déjese Copia.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
ABG. RICHARD ANTONIO CAÑAS DELGADO
EL SECRETARIO
ABG. CUSTODIO JOSE COLMENARES CARDENAS0