REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL

En este estado el ciudadano ABG. LENIN DEL GUIDICE GALEANO, Juez Quinto de Control, pasa a decidir y expone: este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES de los ciudadanas BETILDE COROMOTO ALVAREZ MONTILLA y MARIA JOSE CARDENAS SOSA, previamente identificadas; al no encontrarse llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara sin lugar la solicitud del Ministerio Público por ser improcedente, relativa a la imposición de medidas de coerción personal en contra de las imputadas. TERCERO: Se declara con lugar la solicitud del representante del Ministerio Público relativa a la aplicación del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 en concordancia con el tercer aparte del artículo 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de proseguir con las diligencias de investigación. El tribunal fundamentará la presente decisión por auto separado, conforme al artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal. Se dan por notificadas las partes. Se declara concluida la presente audiencia, es todo. Terminó, se leyó y firman:
EL JUEZ,

ABG. LENIN DEL GUIDICE GALEANO.

LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO.


ABG. IVONNE PISTONI .


LA DEFENSA PÚBLICA 8v°


ABG. ADRIANA ARREAZA.


LAS IMPUTADAS,


BETILDE COROMOTO ALVAREZ MONTILLA


MARIA JOSE CARDENAS SOSA



EL SECRETARIO,


ABG. ALEJANDRO MILLAN.