REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL
En este estado la Dra. ANA MARÌA SÀNCHEZ, Juez Quinto de Control, pasa a decidir y expone: Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad, del ciudadano PACHECO TRÍAS GUILLERMO, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en concordancia con las circunstancia agravante establecida en el numeral 5º del artículo 46 de la misma ley, designándose como centro de reclusión el Internado Judicial Capital El Rodeo I. SEGUNDO: Se acuerda que la presente causa sea ventilada por la vía del procedimiento Ordinario, de conformidad con lo previsto en el artículo 280 del Código orgánico Procesal Penal, en relación con el último aparte del artículo 373 ambos del texto adjetivo penal. TERCERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud realizada por la defensa pública, en cuanto al otorgamiento de una medida menos gravosa, en favor de su representado. CUARTO: Se acuerda expedir las copias solicitadas por las partes. Quedan notificadas las partes. Se declara concluida la presente audiencia siendo las horas de la tarde. Terminó, se leyó y firman conforme:
LA JUEZ
ABG. ANA MARÌA SÀNCHEZ
LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
Dra. INDIRA MORA PADILLA
LA DEFENSA PÚBLICA
DRA. MARIE BOLÍVAR
EL IMPUTADO
PACHECO TRIAS GUILLERMO
EL SECRETARIO
ABG. ALEJANDRO MILLÁN