REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL

Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se impone a la ciudadana MARLENY COROMOTO DELGADO, ampliamente identificado, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÒN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado, en el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana CARABALLO DELGADO YALITZA, de conformidad con lo previsto en el numeral 9 del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo cual la hoy imputada queda en la obligación de no acercarse a la victima en el presente caso. SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público en cuanto a que el presente procedimiento se ventile por la vía del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 y 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda expedir las copias solicitadas por las partes. Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía actuante. Líbrese los correspondientes oficios. La presente decisión se fundamentará por auto separado. Se declara concluida la presente audiencia. Es todo. Terminó, se leyó y firman conforme:
EL JUEZ,

ABG. LENIN DEL GUIDICE GALEANO.



LA FISCAL

DRA. MILKARY DA SILVA

LA DEFENSA PÚBLICA,

DRA. TIBISAY VERA

LA IMPUTADA,

MARLENY COROMOTO DELGADO

EL SECRETARIO,

ABG. ALEJANDRO MILLAN