REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, cuatro (04) de Agosto del dos mil nueve (2009)
199° y 150°

ASUNTO N° WP11-L-2007-000044

Vista las anteriores Transacciones, presentadas por las Profesionales del Derecho SONIA FERNANDES, y ANTONIA BEATRIZ ENRICH, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte actora y demandada respectivamente, por cuanto la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; y tiende a garantizar una armoniosa resolución de las controversias a que se refieren los procesos y a reestablecer el equilibrio jurídico entre las partes; igualmente, por cuanto la referida Transacción comprende los derechos involucrados y una relación circunstanciada de los hechos que la motivan, no siendo contraria a derecho, y se adapta a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por la Sala Social de nuestro Tribunal Supremo de Justicia; este Juzgado de conformidad con lo previsto en el numero 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 255, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 3° Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo y 11 de su Reglamento, y por autoridad de la Ley declara: Por cuanto no se vulneraron derechos irrenunciables de los ciudadanos PEDRO ÁLVAREZ, RAÚL GARCÍA, JAVIER NAVARRO GONZÁLEZ Y EDGAR ANTONIO RAMOS , cedulas de Identidad números 5.613.589, 3.367,287, 5.092.079 Y 5.572.452, respectivamente, ni normas de orden público, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN dándole efectos de Cosa Juzgada. Asimismo se insta a las partes a informar a este Tribunal, lo referente al pago del ciudadano ALFREDO BOADA FREITES y lo relativo al pago de los Honorarios Profesionales del Experto Cantable, ello a los fines de declarar terminado el presente asunto y ordenar el cierre y archivo del expediente. Igualmente se ordena expedir las copias certificadas solicitadas por la Apoderada Judicial de la parte demanda, así como de la diligencia que las solicita y del auto que las provea. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ

Dra. GIOCONDA CACIQUE
LA SECRETARIA

Abg. ÁNGELA PADRÓN


Partes: PEDRO ÁLVAREZ, RAÚL GARCÍA, JAVIER NAVARRO GONZÁLEZ Y EDGAR ANTONIO RAMOS, vs. H.L BOULTON C.O & SACA.C.A.
Motivo: TRANSACCIÓN
GCM/AP/PABLO
WP11-S-2007-000044