REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO VARGAS
Maiquetía, 08 de Diciembre de 2009
199 y 150
Cumplido como se encuentra el lapso a que se refiere el auto dictado por este Tribunal en fecha 22 de octubre de 2009, y por cuanto de las actas se desprende que las partes en el presente juicio, se encuentran a derecho por cuanto fueron debidamente notificadas, se deja constancia que a partir del día 30 de noviembre del presente año, comenzaron a transcurrir los cuarenta (40) días calendario para dictar la respectiva decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ
LA SECRETARIA
MARYSABEL BOCARANDA
MCMO/MB/lmm
Exp. N 1651