PRIMERO: con lugar la apelación interpuesta por la parte demandante, en contra de la decisión de fecha 27 de mayo del 2009, que declaró sin lugar la demanda por cumplimiento de contrato y levantó la medida de prohibición de enajenar y gravar.-
SEGUNDO: se anula la decisión de fecha 27 de mayo del 2009, que declaró sin lugar la demanda por cumplimiento de contrato y levantó la medida de prohibición de enajenar y gravar.-
TERCERO: ordena al tribunal que resulte competente para conocer de la presente causa dictar sentencia, tomando en cuenta lo establecido en la presente sentencia con arreglo a lo ordenado por el tribunal superior cuarto en lo civil, mercantil, del tránsito, bancario y de protección del niño y del adolescente de la circunscripción judicial del Estado Táchira, en sentencia de fecha 25 de mayo del 2009.-