REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

CAUSA 7C-9816-09

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Visto el escrito, presentado por la ciudadana DORIS ELISA MENDEZ PONCE, actuando con el carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual solicita a este Tribunal el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada por el Ministerio Público bajo el N° 20F7-0552-07, y por este Tribunal bajo el Nº 7C-9816-09, seguida en contra de GERSON RODRIGUEZ, residenciado en la calle 11, carrera 9 cruz de la misión 23 de enero, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES, en perjuicio del ciudadano SAENZ JIMENEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad V.- 14.942.807, residenciado en el 23 de enero, parte alta, vereda la chinata, casa N° 14-47, Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, para decidir observa:

DE LOS HECHOS

En fecha 29 de agosto de 2004, la ciudadana SAENZ JIMENEZ BLANICHETH, denunció ante la policía del Estado Táchira, que en esa misma fecha aproximadamente a las 03:00 horas de la madrugada estaba en compañía de una amiga INGRID ORTEGA, y su hijo de 03 años, llegaron a la cruz de la Misión del 23 de enero parte alta, y su amiga Ingrid le pidió el favor que le llevara el niño a su ex esposo de nombre GERSON RODRÏGUEZ, ella lle entregó el niño, y Gerson, comenzó a pelearla y la agredió en la cara con la mano cerrada, por lo que BLANICHETH salió corriendo.


Por lo antes expuesto, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:


1. DENUNCIA, de fecha 29 de agosto de 2004, interpuesta por la ciudadana SAENZ JIMENEZ BLANICHETH, de nacionalidad venezolana, natural de esta ciudad, de 23 años de edad, estado civil soltera, titular de la cedula de identidad N° V-14.942.807, residenciado en 23 de enero parte alta vereda la chinata casa N° 14-47, Estado Táchira, ante la Policía del Estado Táchira,
2. Acta de Investigación Penal, de fecha 07-09-2004, siendo las dos y treinta horas de la tarde compareció por ante este despacho, el funcionario Agente CAMARGO AGNY, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
3. INSPECCIÓN DEL SITIO DEL SUCESO N° 4233 de fecha 08 de septiembre de 2004, suscrita por el sub-inspector JOSË ARMANDO RUIZ y Agente AGNY CAMARGO, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
4. Acta de Investigación Penal, de fecha 23-09-2008, siendo las TRES Y CUARENTA horas de la tarde compareció por ante este despacho, el funcionario Inspector Juan Carlos Martínez, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.


CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

Por lo antes expuesto, considera este Juzgador, que de la revisión realizada a las actas que conforman la presente causa, se evidencia la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES, en perjuicio del ciudadano SAENZ JIMENEZ, sin embargo, se observa que no consta en autos una pluralidad de elementos necesarios para comprometer la responsabilidad de sujeto alguno y proceder a su enjuiciamiento, ni es posible una incorporación de los mismos ya que no existen testigos presenciales del hecho ni persona alguna que pueda aportar elementos a la investigación, y aún más, la victima del hecho no reconocería a los autores del hecho, en consecuencia este Tribunal procede a decretar el sobreseimiento de la causa solicitado por el Ministerio Público, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 4’ del Código Orgánico Procesal Penal, y así lo decide.-

DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA FISCAL N° 20F7-0552-07, signada por este Tribunal bajo el Nro. 7C-9816-09, seguida en contra de GERSON RODRIGUEZ, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES, en perjuicio del ciudadano SAENZ JIMENEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad V.- 14.942.807, residenciado en el 23 de enero, parte alta, vereda la chinata, casa N° 14-47, Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal.

Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-



ABG. CIRO HERACLIO CHACÓN LABRADOR
JUEZ SÉPTIMO DE CONTROL



ABG. MARBI CACERES PAZ
SECRETARIA