REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
199º y 150º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: SP01-S-2009-000092
PARTE FERENTE: SOCIEDAD MERCANTILFRABRICA DE VELAS Y VELONES LA ESTRELLA,C.A.
APODERADOS DE LA PARTE OFERENTE: URIEL MARIN BECERRA
PARTE OFERIDA: LUÍS ALIRIO QUINTERO CASTRO
APODERADOS DE LA PARTE OFERIDA: NO TIENE CONSTITUIDO
MOTIVO: OFERTA DE PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES
En el día hábil de hoy, lunes catorce (14) de diciembre de 2009, siendo las 11:30 A.M. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Cuarto, la parte oferida, ciudadano LUÍS ALIRIO QUINTERO CASTRO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V- 9.237.272, asistido en este acto por la abogada en ejercicio DHORIS LEÓN ALARCÓN, titular de la Cédula de Identidad No V- 3.429.341, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 28.416, por una parte y por la otra el abogado en ejercicio, URIEL MARIN BECERRA, titular de la Cédula de Identidad No V- 10.155.287, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 63.399, actuando en este acto con el carácter de la parte oferente sociedad mercantil FABRICA DE VELAS Y VELONES LA ESTRELLA C.A. (FAVVESCA), inscrita en el registro Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el N° 13, Tomo 25-A, de fecha 06 de agosto de 1986 (S.R.L) con posteriores modificaciones siendo la ultima de fecha 25 de agosto 2008, bajo N° 23, Tomo 9-A, tal como consta en autos. Una vez iniciada la audiencia las partes, estas coincidieron en los puntos del de La Oferta de Pagos de las Prestaciones Sociales y demás derechos laborales tales como son: existencia de la relación de trabajo, en la fecha de inicio y terminación de la relación laboral y montos ofertados y por cuanto existe coincidencia en dichos conceptos demandados, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:
PRIMERO: Las partes han acordado en dar por terminado el presente asunto, mediante el pago de la cantidad restante de Prestaciones Sociales y Otros Derechos Laborales, Pago de Salarios Caídos, diferencia de Vacaciones y Utilidades correspondientes al año 2009, que queda a deber de al oferido es decir, la cantidad de BOLIVARES OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS QUINCE CON 81/100 CÉNTIMOS, SON (Bs. 83.615,81) los cuales son pagados de la siguiente forma a saber; 1.- La cantidad de Bs. 52.664,94, que se encuentran depositados en cuenta de Fideicomiso a nombre del oferido en la entidad bancaria Banco Occidental de Descuento para cuyo retiro la parte oferente se compromete a librar carta para la liberación de dicha cantidad y entregarla al oferido en el día de hoy; 2.- La cantidad de Bs. 20.950,98, que se encuentran depositados en cuenta a nombre del oferido en la entidad bancaria Banfoandes, cuya entrega se ordena a la Oficina de Control de Consignaciones, para lo cual se librará oficio y 3.- La cantidad de Bs. 10.000,00, que se paga en este acto contentivo en cheque contra el Banco Mercantil signado con el No 37065928, de la cuenta corriente No 0105-0093-10-2093065928, a nombre del oferido.
.- SEGUNDO: En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse, por concepto de la Relación Laboral la cual es reclamada en el presente expediente, ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. No se ordena el archivo del presente asunto. Líbrese el correspondiente oficio.-
La Juez, La Secretaria
Abg. LUZ HAYDEE GOMEZ G Abg. Nidia Moreno
Parte Oferida
Abogado Asistente Apoderado Judicial Oferente
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