REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 01 de Diciembre de 2009.
199° y 150°
Por recibida la presente demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, presentada por los Abogados: JOSE ENRIQUE HERNANDEZ PADILLA Y ANDRES B. MORENO OROSCO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 81.179 y 18.895 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados Judiciales de la Sociedad de Comercio “Administradora Annissac C.A., este Tribunal de conformidad con el Articulo 33 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario, la admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la Ley. En consecuencia, cítese a la sociedad mercantil “GUARDERIA MATERNAL EL MUNDO DE MIS SUEÑOS C.A.” en la persona de su Presidente ciudadana MARIA LEONORA YAÑEZ VILLALTA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.179.278, para que comparezca por ante este Tribunal al Segundo (2º) día de Despacho siguiente a la constancia en autos dejada por el Alguacil, de haberse practicado su citación, entre las horas de despacho comprendidas de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a fin de que de Contestación a la demanda, conforme a lo establecido en el Artículo 35 ejusdem. Compúlsese el libelo de la demanda y con la orden de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación ordenada. Cúmplase.
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,
Dra. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ.
Dr. JONATHAN GUILLEN.
En esta misma fecha se admitió la presente demanda, asimismo se dejo constancia que no se libró la compulsa de citación ordenada, por cuanto no consta en autos los fotostatos respectivos para su elaboración.
EL SECRETARIO,
SRP/JG/Belkis.
Exp. Nº 1489/09.