REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
CIRCUITO JUDICIAL  DEL TRABAJO
 
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
 
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL  TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
 
 
Maiquetía, 09 de Diciembre de 2009
 
  199º y 150º
 
 
ACTA
 
 
 
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2009-000278
 
PARTE ACTORA: JOSE ALEXANDER CASTILLO GARCIA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V.- 6.494.510
 
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ROOMER ROJAS, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.563
 
PARTE DEMANDADA: “BOLIVARIANA DE PUERTOS (BOLIPUERTOS), S.A.” 
 
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA ELENA CENTENO, ANTONIO CANACHE GRATEROL, ALGLEMIS CAROLINA BARBOZA, LEIDYMAR PEREZ, CRISBEL QUIJADA JOSE VICENTE SAAVEDRA, AYESHA DEL VALLE MILLAN GONZALEZ, PEDRO ANTONIO BARRIOS PEREZ, CLEIDY CABEZAS MENDEZ, MILVY YAMILET MUÑOZ GONZALEZ, ERBIS MENDEZ RUIZ, ANA CAROLINA GOMEZ MENDOZA y GERALDINE ROJAS BORGES, Abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 30.926, 64.177, 117.072, 81.421, 81.221, 38.027, 135.396, 41.946, 82.823, 56.581, 56.544, 119.450 y 141.580 respectivamente (Consigna Poder en original, a los fines de ser certificado por Secretaría y este Tribunal ordena agregarlos a los autos que conforman el presente expediente)
 
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
 
 
En el día hábil de hoy, miércoles nueve (09) de Diciembre del año dos mil nueve (2009), siendo las 11:30 a.m. de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar en el presente proceso, comparecieron a la misma el Profesional del Derecho ROOMER ROJAS, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora y por otra parte los Apoderados Judiciales de la Egresa demandada, los Profesionales del Derecho PEDRO ANTONIO BARRIOS y LEIDYMAR PEREZ NAVARRO, ya identificados. Iniciada la misma, el Apoderado Judicial de la parte actora manifiesta que desiste del procedimiento y de la acción, en consecuencia, los Apoderados Judiciales de la parte demandada están de acuerdo con la manifestación realizada por el Apoderado Judicial de la parte actora. Asimismo, manifiestan y reconocen los Apoderados Judiciales de la parte demandada en este acto,  que al Ciudadano JOSE ALEXANDER CASTILLO GARCIA, parte actora, se le adeudaba la diferencia de sueldo (bonos nocturnos y domingos trabajados), correspondientes al mes de Septiembre del año dos mil nueve (2009), y consignan original y cheque, por la cantidad de SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 688,69), a nombre del Trabajador, cuyo número de cheque S-92 46002393, del Código de Cuenta 0102-0552-24-0000023773, del Banco Venezuela, en tal sentido, el Apoderado Judicial de la parte actora recibe en este acto conforme el cheque a nombre de la parte actora, asimismo solicita la homologación del desistimiento, el cierre y archivo del expediente, en consecuencia, por todo lo antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley homologa  el desistimiento en los términos planteados, se declara terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente.
 
	PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN
 
		Años 199º y 150º
 
EL JUEZ
 
 
DR. ARNALDO RODRÍGUEZ
 
 
 
LAS PARTES COMPARECIENTES:
 
 
 
			                  APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
 
 
 
		             APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA
 
 
LA SECRETARIA
 
 
 
ABG. VIANNERYS VARGAS
 
 
WP11-L-2009-000278
 
	
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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