REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL
DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, diecisiete (17) de Diciembre del año dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ASUNTO: WP11-L-2008-000248

Visto que en fecha seis (06) de mayo del año dos mil nueve (2009), el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, declaró Con Lugar la presente demanda, y en virtud que arribaron las resultas provenientes del Banco Central de Venezuela, este Tribunal decreta la EJECUCIÓN VOLUNTARIA; en consecuencia, la parte demandada deberá dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a esta fecha dar cumplimiento voluntario al fallo. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-

EL JUEZ

Dr. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ


LA SECRETARIA

Abg. ANGELY ARIAS









PARTE DEMANDANTE: MARCELINO LIENDO UGUETO.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA SEBI, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, SALARIOS RETENIDOS Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
JGG/AA/deyvi