REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 19 de Enero de 2009
198° y 149°
Vista la anterior demanda por COBRO DE BOLIVARES y sus anexos, presentada por el ciudadano MILEYDI COROMOTO RODRIGUEZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-18.930.561, debidamente asistida por el abogado LEÓN ALEJANDRO GUTIÉRREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº V-64.115, por cuanto la misma no es contraria al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se emplaza a la ciudadana MARIA LEONORA YANEZ VILLALTA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-14.179.278, para que comparezca por ante éste Tribunal, ubicado en el Edificio Centro Caribe Vargas, Piso 4, Calle Los Baños, Maiquetía, Municipio Vargas, Estado Vargas, dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes, contados a partir de la constancia en autos de haberse practicado su citación, en el horario comprendido entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., a fin de que presente escrito de contestación a la demanda. Compúlsese el libelo de la Demanda y con la orden de comparecencia al pie, entréguense al Alguacil del Tribunal para que practique la citación, para lo cual se requieren los fotostatos respectivos. En cuanto a la medida solicitada el Tribunal proveerá lo conducente por auto y cuaderno separado.
LA JUEZA,
DRA, MERCEDES SOLORZANO.
LA SECRETARIA,
YASMILA PAREDES.
En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 7888. No se libró la compulsa, por cuanto no consta en autos los fotostatos respectivos.
LA SECRETARIA,
YASMILA PAREDES.
MS/YP/edwin
Exp. Nº 7888