REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

198° y 149°

Visto el contenido de la diligencia de fecha 26/01/2009, por la parte demandante, ciudadano JOSE LUIS GARCIA PEREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 9.246.587 y de este domicilio, asistido de la abogada ZULEIMA YADIRA ALVARADO REDONDO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 44.198, por una parte y por la otra, la parte demandada ciudadano JOSE GONZALO CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 5.685.596 y de este domicilio, asistido del abogado NELSON ENRIQUE GUERRERO CARDENAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 13.988, en la cual deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil; y vista la solicitud realizada en la misma, expídase copia fotostática certificada de la diligencia contentiva de la transacción y del presente auto.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil nueve. (28/01/2009). Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.


GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL


MILCIRA LÓPEZ HERNANDEZ
SECRETARIA TEMPORAL