REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR

JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, veintidós de enero de dos mil nueve.
198° y 149º

Vista la conciliación, celebrada en el expediente N° 1.876-07, por obligación de Manutención entre los ciudadanos GIRLEY GICEDT BERMEO SALAMANCA, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-85.186.087 y HERMES CONTRERAS GELVES, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° 17.174.600, a favor de los niños (se omiten los nombres); y por cuánto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 8 Y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Trece Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase.

El Juez Titular,


Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.

La Secretaria,

Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas


En la misma fecha se notificó al Fiscal Trece Especializado Para la Protección del Niño y del Adolescente.
El Sria.,


Exp. 1.876-07
PAGP/ranlynt.-