REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 21 de enero de 2009.
198º y 149º

Vista la diligencia suscrita por los ciudadanos MILEIDY ANGELICA RODRÍGUEZ Y PEDRO HUMBERTO ZAMBRANO TOLOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.232.450 y V-5.664.547 respectivamente, padres del niño …; mediante la cual informan que llegaron a un acuerdo amistoso respecto al ofrecimiento de obligación de manutención de su hijo, DESISTEN del presente procedimiento y solicitan el archivo del expediente; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dándole fuerza ejecutiva. Asimismo, se acuerda cancelar de la cuenta de ahorros Nº 0007-0110-62-0010003128 de Banfoandes, para lo cual líbrese oficio. Una vez conste en autos la notificación del Fiscal Especializado, archívese el expediente. Líbrense boleta.

La Jueza Temporal,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
La Secretaria,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) ______________, quedó registrado bajo el N° ______, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libró Boleta de Notificación. Se libró oficio Nº 3140-_________.

Maurima Molina C. / Secretaria


Exp. Nº 1476-2007
BYVM/lcm.
Va sin enmienda.