REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Estado Vargas
Macuto, 19 de Enero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: WP01-P-2007-005255
ASUNTO : WP01-P-2007-005255
AUTO DE APERTURA A JUICIO
Celebrada como ha sido en esta misma fecha, de conformidad con lo previsto en el artículo 329 del Código Orgánico Procesal Penal, la audiencia preliminar en la Causa seguida al ciudadano AMADO ALFONSO CACERES SEMARIA, de nacionalidad Venezolano, nacido en fecha 27-05-1981, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: obrero, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.508.238, hijo de Noelia Semaria (v) y Amado Cáceres (v), residenciado en: Quebrada del mar, casa s/n, detrás del Consejo Legislativo, hacia arriba, casa de una planta de color azul con verde, Parroquia La Guaira, Estado Vargas, teléfono: 0414-229.78.89, corresponde a este Tribunal, según lo establece el artículo 331 ejúsdem, fundamentar la orden de apertura a juicio.
El Representante del Ministerio Público, presentó formal acusación en contra del mencionado ciudadano por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en los artículos 406 ordinal 1 del Código Penal en relación con lo dispuesto en el articulo 416 ejusdem, concatenado con el articulo 83 ejusdem, con la agravante genérica establecida en el articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quién fuera aprehendido por funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana, en virtud de la orden de aprehensión emanada del Tribunal Cuarto de Control, en el año 2006, toda vez por cuanto el mismo es señalado en las actuaciones cursantes a la investigación N° 23F8-296-06 como una de las personas que el día 08 de septiembre de 2006, en horas del medio día, cuando los adolescentes ANYELO LUIS NAVARRO de 15 años de edad, hoy occiso; CARLOS ALBERTO RIVAS DELGADO y YERINSON YOJANNY BOSQUEZ RODRIGUEZ de 17 y 15 años de edad, se encontraban en el barrio Quebrada de Cariaco, sector San Telmo de la Parroquia La Guaira, en la vía publica cargando arena para labores de construcción son abordados por varios sujetos conocidos del sector con los apodos “JAIRO”, “CARA DE NIÑA”, “PADRE CHAN”, “DENIS”, “ERISON”, “NUÑEZ”, “ULISESE”, “WIWA”, “GARI”, “OSWALDITO”, “PAITO”, Y el hoy imputado conocido con el apodo de “AMADITO”, donde sin motivo alguno procedió dicho imputado y los ciudadanos CARA DE NIÑA, JAIRO, PADRE CHAN, DENI Y ERINSON a desenfundar sendas armas de fuego accionándolos en contra de los adolescentes victimas quienes en vista de tal arremetida tratan de huir logrando escapar CARLOS ALBERTO DELGADO Y YERINSON YOJANNI BOSQUEZ RODRIGUEZ, resultando estos lesionados en sus miembros inferiores con disparos no corriendo la misma suerte el adolescente ANGELO LUIS NAVARRO quién resulto muerto a consecuencias de las heridas recibidas.
Igualmente, fueron admitidas como pruebas que sustentan la acusación fiscal, los testimonios de los funcionarios Agente JOSE MEDINA, adscrito a CICPC, de la Sub delación Vargas, Funcionarios MOISES MARTINEZ Y FAUSTO DEL GUIDICE, adscrito a CICPC, de la Sub delación Vargas adscritos a CICPC, de la Sub delación Vargas, así como el testimonio de los funcionarios adscritos al Comando de Seguridad Urbana que practicaron la aprehensión del acusado de autos; testimonio de ZULAY TIBISAY LEON GARCIAS; RIVAS DELAGADO CARLOS ALBERTO; BOSQUE RODRIGUEZ YERINSON; DAYRIS YAIDELIS LEON; WILFREDO LEON GARCIA; la testimonial de los médicos forenses del CICPC, de la Sub delación Vargas; testimonial del medico PORFIRIO BONILLA; adscrito al servicio de medicatura forense; Acta de levantamiento de cadáver de fecha 17-06-2006; Inspección técnica nº 1430; 1431; 2261 y 2262, de fecha 08-09-2006; protocolo de Autopsia suscrito por la Dra. Medico Patóloga Lennys Rojas y el Dr. Ricardo González; Reconocimiento medico legal Nº 9700-138-1485 de fecha 20-10-2006; Acta de Defunción suscrita por el Abogado José Ramón Rondón; Acta de Inhumación de fecha 10-09-2006; Acta de investigación penal de fecha 09-10-06; suscrita por el Funcionario Dorian Silva; Acta policial suscrita por los Funcionarios adscritos al Comando de Seguridad Urbana de la Guardia Nacional, medios probatorios estos considerados legales, necesarios, lícitos y pertinentes para el descubrimiento de la verdad.
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ordena abrir el juicio oral y público en la Causa seguida al ciudadano AMADO ALFONSO CACERES SEMARIA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en los artículos 406 ordinal 1 del Código Penal en relación con lo dispuesto en el articulo 416 ejusdem, concatenado con el articulo 83 ejusdem, con la agravante genérica establecida en el articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, emplazando a las partes para que, en el plazo común de cinco (05) días, concurran ante el Tribunal de Juicio Mixto, Órgano Jurisdiccional competente para conocer la presente Causa, conforme lo prevé el artículo 65, del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose al Secretario del Tribunal, remitir anexas a oficio, las actuaciones originales a dicho Juzgado.
LA JUEZ,
ABG. KARLA MORALES MORA
LA SECRETARIA,
ABG. JEYLAN SANDOVAL