REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL TRIBUNAL PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, Viernes Veintitrés (23) de Enero de 2009
198º y 149º


Por cuanto se observa de la revisión realizada a la presente causa, que se había fijado la celebración del Juicio Oral y Reservado para el día de ayer veintidós (22) de Enero del 2009 y que en la mencionada fecha de acuerdo a la nota estampada en el Libro Diario llevado por este Juzgado, se señala que no hubo Audiencia, en virtud de que este Tribunal se encontraba realizando el inventario de las causas existentes en el Archivo del Juzgado de Juicio; es por lo que se ordene fijar nuevamente día y hora para proceder a la celebración del Juicio Oral y Reservado en la presente causa, de acuerdo al cronograma de Juicios llevados por este Juzgado para el día JUEVES VEINTISEIS (26) DE MARZO DE DE DOS MIL OCHO A LAS 09:00 DE LA MAÑANA; en consecuencia ordena librar los oficios correspondienADOLESCENTE: IDENTIDAD OMITIDA ART. 545 LOPNA)tes a la Oficina de Participación Ciudadana y a la Presidencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira y las respectivas boletas de citación y así se decide.
Notifíquese a las partes de la presente decisión y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Por las consideraciones antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Se fija la realización del juicio oral y reservado, para el día JUEVES VEINTISEIS (26) DE MARZO DE DE DOS MIL OCHO A LAS 09:00 DE LA MAÑANA. Líbrense las correspondientes boletas de citación y traslado.
SEGUNDO: Ordena librar los oficios correspondientes a la Oficina de Participación Ciudadana y a la Presidencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira.
TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión y déjese copia para el archivo del Tribunal.


ABG. NINA YUDERKYS GUIRIGAY MENDEZ
JUEZA DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL TRIBUNAL PENAL


ABG. MARIANA ANGARITA RAMOS.
LA SECRETARIA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-

CAUSA PENAL N° JM-203/2002.
NYGM.