REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL
Acto seguido la Juez toma la palabra y expone: “Oídas las partes, y luego de una revisión exhaustiva de las actas, este TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Vista la exposición del Ministerio Público, mediante el cual el mismo subsano la presente acusación, este Tribunal le da un lapso de ley a la defensa a objeto de que exponga sus alegatos. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al defensor privado, DR. IGOR MARTINEZ MACHADO, quien de seguidas expone:” No tengo ninguna objeción con respecto a lo subsanado por el Ministerio Público, es todo”. SEGUNDO: Vista la Acusación presentada por el Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en fecha 03-07-2008, este Tribunal en base al contenido del artículo 330 de la Norma Adjetiva Penal, hace una revisión exhaustiva del respectivo escrito de acusación y lo concatena con la exposición del Ministerio Público en esta audiencia y ADMITE, el escrito de acusación presentado por Representante del Ministerio Público, y define la participación de acusado: JOHAMSON JOSE GIRAL FERRERA, antes identificado por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 415, en relación con el 420, ordinal 2°, ambos del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MARGARITA PIÑANGO, todo ello por cuanto considera quien aquí decide que el acto conclusivo presentado por el Representante del Ministerio Público cumple con todos los requisititos establecidos en el artículos 326 del Código Adjetivo Penal. Asimismo se admiten los medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público por ser legales, útiles y pertinentes haciéndose la observación que las experticias deben ser ratificadas por quienes las suscriben todo ello de conformidad con el principio de contradicción e inmediación y el derecho a la defensa, todo esto de conformidad con lo establecido en el artículo 22, 197, 199, 222, 354 y 355 del Código Orgánico Procesal Penal, los cuales se encuentran descritos up supra, todo ello de conformidad con los principios de contracción e inmediación y el derecho a la defensa tal y como lo señaló la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia No. 1303, de fecha 20-06-2005. SEGUNDO: En este estado el Tribunal admitida como ha quedado la Acusación Fiscal seguidamente el Tribunal le pregunta al acusado: JOHAMSON JOSE GIRAL FERRERA, antes identificado, quien se encuentra libre de todo apremio y coacción si desea acogerse algunas de las alternativas a la prosecución del proceso ó al procedimiento especial por Admisión de los hechos, cediéndole la palabra quien manifestó: “No admito los hechos ni me acojo a ninguna de las formulas alternativas a la prosecución del proceso, es todo”. TERCERO: Se ordena la apertura del juicio oral y público y se acuerda emplazar a las partes para que en un lapso común de cinco (05) días concurran ante el Tribunal de Juicio Mixto todo de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL,
DRA. MARIA ESTHER ROA S.
LA SECRETARIA DE CONTROL,
ABG. YUMAIRA REQUENA