REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
EN SU NOMBRE


Macuto, (23) de enero de 2009
197° y 149°

ASUNTO PRINCIPAL: WP01-P-2007-000896



Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor de JUAN PEREZ CASTILLO siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto al prenombrado penado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos.

Al ciudadano JUAN PEREZ CASTILLO se le condenó a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION siendo redimida por un tiempo de SEIS (06) MESES, DIECIOCHO (18) DIAS Y 12 HORAS por lo que le falta por cumplir una pena de CINCO (05) AÑOS, OCHO (08) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS CON 12 HORAS en virtud que el penado fue detenido por primera vez en fecha 06-05-2007hasta el día de hoy.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplió el 17-10-2008 A LAS 12 HORAS.

2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplirá el 17-06-2009 A LAS 12 HORAS.
.

3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el 17-02-2012 A LAS 12 HORAS.

4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 17-10-2012 A LAS 12 HORAS.

5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 17-10-2014 A LAS 12 HORAS.

Notifíquese a las partes, remítase copia del presente cómputo y líbrese la correspondiente boleta de Traslado a los fines de que sea notificado de la redención y nuevo computo. Cúmplase.
EL JUEZ,

LENIN DEL GUIDICE GALEANO.
EL SECRETARIO,

ABG. JOSE ALEJANDRO RAMIREZ.