REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, Doce (12) de Enero del año 2009
198º y 149º

La Dra. YUNEIRA MONTIEL ANCIANI, Jueza Temporal de éste Juzgado por mandato de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según oficio Nº CJ-08-2540, de fecha Veinticinco (25) de Noviembre del año 2008, y juramentada por la Rectoría Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha Nueve (09) de Enero del año 2009, se aboca al conocimiento de la presente causa, signada con el Nº 1201/08.
LA JUEZA TEMPORAL,
EL SECRETARIO,
Dra. YUNEIRA MONTIEL ANCIANI
GAMAL GAMARRA



YMA/GG/yaris
Exp. 1201/08









REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, Doce (12) de Enero del año 2009
198º y 149º

Visto el anterior libelo de demanda, incoado por la ciudadana MORAIMA ANTONIA ROJAS SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.518.427, debidamente asistida por el Abogado FABIAN ANGELINI, inscrito en el Inpreabogado bajo en Nº 117.902, y vistos igualmente los recaudos presentados en fecha 17/12/2008, estando dentro de la oportunidad legal establecida en el articulo 10 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, éste Tribunal la admite de conformidad con lo previsto en el Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 33 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. En consecuencia, emplácese a la parte demandada, ciudadano DOUGLAS JOSE SERRANO MORALES, titular de la Cedula de Identidad Nº V-13.223.627, a fin que comparezca por ante este Tribunal dentro de las horas destinadas al Despacho desde las 8:30 a.m. hasta las 03:30 p.m., ubicado en Calle Los Baños, El Edificio Centro Caribe Vargas, Piso 4, Oficina 4-2, Maiquetía, Estado Vargas, al Segundo (2do) día Despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, para dar contestación a la demanda, en el juicio que sigue en su contra la ciudadana MORAIMA ANTONIA ROJAS SANCHEZ (supra identificada). Compúlsese el libelo de la demanda, y con su orden de comparecencia al pié, entréguense al Alguacil del Tribunal a fin de que practique la citación ordenada de conformidad con lo previsto en el Artículo 218 del Código de Procedimiento Civil. Para la elaboración de la Compulsa se designa a la ciudadana Yarisnel Paredes, Asistente de este Tribunal, titular de la cédula de identidad Nº V-17.604.357, persona debidamente autorizada para hacerla y quien junto con el Secretario del Tribunal, suscribirá la certificación en todas y cada unas de sus páginas, de conformidad con lo previsto en el Articulo 120 de la Ley de Registros Público, en concordancia con los Artículos 342 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA TEMPORAL,
EL SECRETARIO,
Dra. YUNEIRA MONTIEL ANCIANI
GAMAL GAMARRA

En esta misma fecha se deja expresa constancia de no haberse librado la respectiva compulsa de citación por cuánto la parte actora, no ha dado cumplimiento a las obligaciones que le impone la Ley, a los fines de proveer lo conducente sobre la citación de la parte demandada.
EL SECRETARIO

GAMAL GAMARRA


Exp. Nº 1201/08
YMA/GG/yaris