REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, Trece (13) de Enero del año 2009
198º y 149º
La Dra. YUNEIRA MONTIEL ANCIANI, Jueza Temporal de éste Juzgado por mandato de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según oficio Nº CJ-08-2540, de fecha Veinticinco (25) de Noviembre del año 2008, y juramentada por la Rectoría Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha Nueve (09) de Enero del año 2009, se aboca al conocimiento de la presente causa, signada con el Nº 1189/08.
LA JUEZA TEMPORAL,
EL SECRETARIO,
Dra. YUNEIRA MONTIEL ANCIANI
GAMAL GAMARRA
YMA/GG/yaris
Exp. 1189/08
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, Trece (13) de Enero del año 2009
198° y 149°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el Apoderado Actor, Abogado JULIO CESAR MENDEZ FARIAS (ampliamente identificado en autos), y agotada como lo fue la citación personal de la parte demandada, este Juzgado de conformidad con el articulo 223 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal acuerda librar Cartel de Citación a la parte co-demandada, ciudadana CARMEN ALICIA SALCEDO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.973.742, a fin que comparezca por ante éste Tribunal a darse por citada, dentro de los quince (15) días de Despacho siguientes, a la constancia en autos de la publicación, fijación y consignación que del presente Cartel se haga en el expediente, con la advertencia que de no comparecer en el plazo fijado, se procederá a la designación del Defensor Judicial, con quién se entenderá la citación y demás trámites del juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 224 ejusdem; El Cartel deberá ser publicado en los Diarios “EL UNIVERSAL” y “LA VERDAD”, con intervalo de tres (03) días entre uno y otro. Adicionalmente otro Cartel deberá ser fijado por el Secretario del Tribunal en la morada, oficina o negocio de la parte co-demandada. Asimismo, se le hace saber a la parte actora, que tiene un lapso de quince (15) días continuos a la fecha del presente auto exclusive, para publicar y consignar en autos el Cartel ordenado y de no hacerlo, quedará sin efecto lo aquí acordado, suspendiéndose el procedimiento hasta tanto la parte actora le confiera el impulso procesal necesario, la publicación deberá hacerse en letras cuya dimensión permita su fácil lectura, sin ninguna dificultad, en caso contrario no será aceptado para su incorporación en el expediente. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,
EL SECRETARIO
DRA. YUNEIRA MONTIEL ANCIANI
GAMAL SAI GAMARRA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
EL SECRETARIO
GAMAL SAI GAMARRA
Exp. Nº 1189/08
YMA/GG/yaris
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, Trece (13) de Enero del año 2009
198° y 149°
CARTEL DE CITACION
SE HACE SABER:
A ciudadana CARMEN ALICIA SALCEDO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.973.742.
- Que deberá comparecer por ante este Tribunal, en las horas comprendidas desde las 8:30 a.m. a 3:30 pm, dentro de los quince (15) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de la publicación, fijación y consignación que del presente Cartel se haga en el expediente, a fin que se de por citada en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue la ciudadana MARIA OTILIA VALES ESPIÑA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.979.958, contra usted y contra el ciudadano MARTIN RIVERO ARTEAGA, titular de la Cedula de Identidad Nº 3.729.869, el cual se sustancia en el Expediente Nº 1189/08.
- Que el presente Cartel se publicará en los Diarios “EL UNIVERSAL” y “LA VERDAD”, con intervalo de tres (03) días entre uno y otro, en letras cuya dimensión permita su fácil lectura, sin ninguna dificultad, en caso contrario no será aceptado para su incorporación en el expediente. Adicionalmente otro Cartel deberá ser fijado por el Secretario del Tribunal en la morada, oficina o negocio de la co-demandada. Todo ello de conformidad con lo previsto en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
Se le advierte que de no comparecer en el plazo fijado, se procederá a la designación del Defensor Judicial, con quién se entenderá la citación y demás trámites del juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 224 ejusdem.
LA JUEZA TEMPORAL,
DRA. YUNEIRA MONTIEL ANCIANI
Exp. Nº 1189/08
YMA/GG/yaris
|