REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 15 de Enero de 2009
198° y 149°

Vista la diligencia que antecede, suscrita por la Abogada SONIA FERNANDES, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 57.815, este Tribunal, por cuanto se encuentra vencido el lapso establecido para que la parte demandada diera cumplimiento voluntario, sin que lo hubiere hecho, de conformidad con lo establecido en el Artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA LA EJECUCIÓN FORZOSA de la Sentencia dictada por éste Tribunal en fecha 10/04/2007, que riela a los folios desde 44 hasta 57 y confirmada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en fecha 20/05/2008, que riela a los folios desde 65 hasta 73. En consecuencia se ORDENA LA ENTREGA MATERIAL del inmueble objeto de la presente demanda, libre de bienes y personas a las partes actoras, ciudadanos MANUEL FERNANDES PEDRA Y MARIA ENCARNACAO FERNANDES DE FERNANDES, constituido por el apartamento signado con el Nº 05 del Edificio denominado “Pedra”, distinguido con el Nº 15, situado entre las calles El Brillante a Delicias Jurisdicción de la Parroquia Maiquetía del Estado Vargas, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 528 ejusdem. Para la práctica de la medida se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de Municipio de ésta Circunscripción Judicial, a quien por Distribución le corresponda. Líbrese Mandamiento de Ejecución, y remítase mediante oficio.
LA JUEZ

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA ACC.

WENDY GUAITA ROMERO
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado. Se libró oficio N° 1377/09.-
LA SECRETARIA ACC.

WENDY GUAITA ROMERO











REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 15 de Enero de 2009
198° y 149°

N° 1377/09
CIUDADANO:
JUEZ DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE
MEDIDAS DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle Mandamiento de Ejecución, constante de un (1) folio útil, librado en el Juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue los ciudadanos MANUEL FERNANDES PEDRA Y MARIA ENCARNACAO FERNANDES, contra el ciudadano YARTU JOSE LEAL HERNANDEZ, que se sustancia en el Expediente Nº 1216/0, nomenclatura de este Tribunal, a fin de que se sirva distribuirlo y el Tribunal a quien corresponda se sirva darle cumplimiento al Mandamiento de Ejecución conferido.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ

EXP. N° 1216/07
SRP/Yaneiza














REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DEL JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS



HACE SABER:

AL JUZGADO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS



MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN


Que con motivo del Juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue los ciudadanos MANUEL FERNANDES PEDRA Y MARIA ENCARNACAO FERNANDES DE FERNANDEZ, contra el ciudadano YARTU JOSE LEAL HERNANDEZ, mayor de edad, venezolano, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Número 4.120.077, que se sustancia en el expediente N° 1216/07, ha sido amplia y suficientemente comisionado, a fin de que practique la ENTREGA MATERIAL del inmueble objeto del juicio, constituido por el apartamento signado con el Nº 05 del Edificio denominado “Pedra”, distinguido con el Nº 15, situado entre las calles El Brillante a Delicias Jurisdicción de la Parroquia Maiquetía del Estado Vargas, libre de bienes y personas a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 528 del Código de procedimiento Civil, en ocasión de la EJECUCION FORZOSA decretada por éste Tribunal en esta misma fecha.
Que la parte actora se encuentra representada por la Dra. SONIA FERNANDES, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 57.815.
Que la parte demandada se encuentra representada por el Dr. PASCUAL NAPOLETANO, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.568.
Que una vez cumplida la presente comisión se sirva remitirla a la brevedad posible a este Tribunal
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. En Maiquetía, a los Quince (15) día del mes de Enero de dos mil nueve (2009).-
Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
LA JUEZ

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA ACC.

WENDY GUAITA ROMERO

SRP/WGR/Yaneiza
Exp. N° 1216/07