REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veintidós (22) de enero del año dos mil nueve (2009).
Años y Federación 198º y 149º

ACTA


Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2008-000458
PARTE ACTORA: LUIS ALFREDO GONZALEZ titular de la cédula de identidad Nº 15.779.740

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: GERARDO PONCE abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N ° 72.782.

PARTE DEMANDADA: BERNHARD SCHULTE SHIPMANAGEMENT (CYPRUS), LTD.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: RAMÓN VARELA abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 69.616 y titular de la cedula de identidad Nº 6.230.682

MOTIVO:” DAÑO MORAL POR ACCIDENTE SUFRIDO”

En el día hábil de hoy jueves, veintidós (22) de enero del año dos mil nueve (2009), siendo las once (11:00 AM) horas de la mañana, oportunidad solicitada por las partes, para que se adelante al día de hoy la presente Audiencia preliminar inicial o de apertura, como consta en diligencia consignada por los profesionales del derecho GERARDO PONCE apoderado judicial de la parte actora y RAMON VALERA apoderado judicial de la empresa demandada, este Tribunal visto que no se esta violando derecho alguno de las partes ni normas de orden publico autoriza lo solicitado. Siendo así se deja constancia que se encuentran presentes GERARDO PONCE apoderado judicial de la parte actora, y el profesional del derecho RAMÓN VARELA en su carácter de apoderado judicial del demandado, como consta de Instrumento Poder en idioma Inglés traducido al idioma español en original y presentado a efecto de vista de este Tribunal, previa consignación de su respectiva copia fotostática. Seguidamente se deja constancia que las partes han conciliado de manera satisfactoria mediante un acuerdo transaccional consignado por ellos en el presente acto. En este estado este Tribunal luego de revisado dicho escrito de acuerdo transaccional donde el abogado GERARDO PONCE en su carácter de representante legal del ciudadano LUIS ALFREDO GONZALEZ parte actora en este juicio, declara aceptar en este acto y en nombre de su representado y a su más cabal y entera satisfacción el ofrecimiento de pago que le hace la parte demandada por la cantidad de SIETE MIL SETENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 7.075,00) monto adeudado por la empresa al actor-reclamante LUIS ALFREDO GONZALEZ y dicho pago se hará constar mediante diligencia y respectivos soportes consignados por la parte demandante en fecha 29 de enero del año 2009 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial. Oída como ha sido a la parte demandante, y aceptado como ha sido el ofrecimiento de pago por parte de la demandada. Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS POR LAS PARTES, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA, por lo que declarará terminado el proceso, y ordenará el cierre y archivo del presente expediente al momento en que el ciudadano LUIS ALFREDO GONZALEZ manifieste en autos haber recibido conforme y sea consignada en la URDD lo antes indicado. Es todo terminó. Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ

Dr. GUSTAVO ROMERO
LAS PARTES COMPARECIENTES


APODERADO JUDICIAL DEL ACTOR


APODERADO JUDICIAL DEL DEMANDADO

EL SECRETARIO

ABG. WILLIAM SUAREZ
Exp. No. WP11-L -2008-000458
“DAÑO MORAL POR ACCIDENTE SUFRIDO”