. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, lunes nueve (09) de febrero del dos mil nueve (2009)
198° y 149°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2009-000005
PARTE ACTORA: MARINEC VANESA GARCIA HERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nº V- 16.905.997.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: CARLOS EDUARDO DE LUCA, Abogado inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 49.476.
PARTE DEMANDADA: “RUTACA AIR LINES”
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: SAUL ANTONIO ANDRADE MANTILLA, Abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 52.653.
MOTIVO: DEMANDA POR CALIFICACION DE DESPIDO.
En el día hábil de hoy, lunes nueve (09) de febrero del dos mil nueve (2009), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, día fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: MARINEC VANESA GARCIA HERNANDEZ, CARLOS EDUARDO DE LUCA y SAUL ANTONIO ANDRADE MANTILLA, plenamente identificados. PRIMERO: Luego de iniciado el acto, el apoderado judicial de la parte demandada, manifiesta que persiste en el despido de la ciudadana MARINEC VANESA GARCIA HERNANDEZ, y ofrece cancelarle la cantidad de TRECE MIL BOLIVARES (Bs. 13.000,00), en este acto, por concepto de liquidación de prestaciones sociales, por la labor prestada en el lapso comprendido entre el 01 de agosto de 2007, y el 02 de enero de 2009, Último Salario Promedio Mensual: Bs. 2.500,00, Cargo desempeñado: TRIPULANTE DE CABINA, Motivo de egreso: Despido Injustificado.
CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad acumulada: Art. 108 LOT, 60 días. Bs. 3.882,84
Vacaciones fraccionadas: Art. 219 LOT, 3,75 días Bs. 311,25
Bono vacacional fraccionado: Art. 223 LOT, 1,74 Bs. 144,42
Indemnización despido injustificado: Art. 125 LOT, 30 dias. Bs. 2.850,00
Preaviso Sustitutivo: Art. 125 LOT, 45 dias Bs. 4.275,00
Bono nocturno Bs. 1.150,00
Intereses sobre prestaciones sociales Bs. 386,49
Total Prestaciones Sociales: Bs. 13.000,00
Dichos Conceptos suman la cantidad de TRECE MIL BOLÍVARES FUERTES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.13.000, 00), el cual será cancelado en este acto, mediante cheque del Banco Federal Nº 35986115, de fecha 09-02-2009, a favor de la ciudadana MARINEC GARCIA, dejando copia del mismo en el expediente. Seguidamente, la parte demandante acepta y conviene que con el pago presentado, quedan satisfechos todos los conceptos laborales, no quedando a deber ni estos ni ningún otro concepto derivado del vínculo laboral que los unió. SEGUNDO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
DRA. IMPERIO SALAZAR YEPEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES:
PARTE ACTORA,
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA,
APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABG. ANGELY ARIAS
Exp. Nº WP11-L-2009-000005
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