JUZGADO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 16 de febrero de 2009.-
198º y 149°
Vista la diligencia suscrita en fecha 11 de febrero de 2009, por la abogada DANIYANETH BAUTISTA HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.178.559, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 58.497, con el carácter de apoderada judicial del INSTITUTO AUTÓNOMO DE VIALIDAD DEL ESTADO TÁCHIRA ( I.V.T.), como consta de poder que le fuera conferido por ante la Notaria Pública Cuarta de San Cristóbal del Estado Táchira en fecha 10 de febrero de 2008, anotado bajo el Nº 67, tomo 19 de los libros de autenticaciones, parte demandante, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR el Desistimiento realizado, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así mismo, se levanta la Medida de Embargo decretada por auto de fecha 02 de diciembre de 2008.- Así mismo, se acuerda el desglose de los documentos solicitados y dejar en su lugar copias fotostáticas certificadas. Para la elaboración de los fotostatos, se autoriza al ciudadano GEOVANNY CASTRILLÓN, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.633.399.- Igualmente, por cuanto no hay más actuaciones que realizar, se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente.-
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA.-
LA SECRETARIA
ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.
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