REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
SALA DE JUICIO
JUZGADO UNIPERSONAL NRO. 2
San Cristóbal, diez (10) de febrero de dos mil nueve (2.009)
198º y 149º
Cumplidas como han sido las exigencias legales en el presente procedimiento civil signado con el Nro. 60.415 de “Autorización Para Registrar Derechos”, y notificada como está la Fiscalía XIV del Ministerio Público en el Estado Táchira (f 26), es por lo que ésta Jueza Unipersonal Nro. 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud y en consecuencia, AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana: DEOGRACIA ELENA SEVERICHE OLASCUAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.264.077, para que proceda a realizar los trámites correspondientes para registrar por ante el Instituto Nacional de Hábitad y Vivienda, anteriormente Instituto Nacional de la Vivienda “INAVI”, la cuota parte que le corresponde a su hijo: (Nombre omitido por disposición del artículo 65, parágrafo primero de la Lopna), en virtud de la muerte del padre del mismo, ciudadano: BENITO SEGUNDO SOLANO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-3.311.784, fallecido ab-intestato en fecha 13 de febrero de 2.006, los derechos y acciones de propiedad y posesión sobre: Un bien inmueble consistente en una casa para habitación, ubicado en la Urbanización Cesar Morales Carrero, sector I, jurisdicción del Municipio Torbes del Estado Táchira, distinguido con el número: 10 de la calle 10, edificada en un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de la Vivienda, cuyos linderos y medidas son: NORTE: con la vivienda número 12, calle 10, mide 16,88 metros; SUR: con la vivienda número: 08, calle 10, mide 16,88 metros; ESTE: con el frente de la vivienda, calle 10, mide 9,20 metros y OESTE: con la vivienda número 48, vereda 6, mide 9,20 metros, declarado al “SENIAT” según formulario para la autoliquidación de Impuestos Sobre Sucesiones, expediente número: 0942/2.008, de fecha 29 de mayo de 2.008 y expediente número: 1893/08 de fecha 23 de octubre de 2.008. Y ASI SE DECIDE. Entréguese a la interesada copia certificada de la presente autorización, comisionando a la oficina de alguacilazgo de este Tribunal para el trabajo fotostático. Archívese el expediente. Cúmplase.
Abg. Gladys Jazmín Rivas Paradai
Jueza Unipersonal Nro. 2
Abg. Nelitza Casique Mora
La Secretaria
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Exp. Nro. 60.415
Jcl.- Secretaria
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