JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, nueve de febrero de dos mil nueve.
198º y 149º
En el presente juicio signado con el N° 5514, instaurado por LUDY ALEIDA QUIROZ SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.663.547, asistida por el abogado José Remigio Peña Andrade, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.153, contra MARCELINO CRUZ TRIVIÑO, titular de la cédula de identidad N° E-81.159.297, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO; y vista la diligencia de fecha 29 de enero de 2009, suscrita por la demandante LUDY QUIROZ SANCHEZ, asistida del abogado Oscar Torres y el demandado Marcelino Cruz Triviño, asistido del abogado José Peña, donde el primero de los nombrados desiste del procedimiento y el segundo coenvino en el mismo, por lo que solicitaron su homologación y archivo del expediente; para decidir se observa:
En el juicio civil o mercantil, en cualquier estado y grado de la causa, el demandante puede desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. En este caso el Juez dará por consumado el acto y de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se homologará el desistimiento y se procederá como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.
En diligencias de fecha 03 de febrero de 2005, el demandante Miguel Becerra, desistió de la acción y el abogado Félix Bustamante, convino en el desistimiento; por ello este Tribunal considera procedente el pedimento formulado por las partes, de acuerdo a lo previsto en el artículo 265 ejusdem.
Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al desistimiento realizado por la demandante LUDY ALEIDA QUIROZ SANCHEZ, asistido del abogado Oscar Torres y por el demandado MARCELINO CRUZ TRIBIÑO, asistido del abogado JOSE PEÑA ANDRADE, otorgándole su APROBACIÓN y en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA y acuerda:
• Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Líbrese oficio.
El Juez temporal,
Juan José Molina Camacho
La Secretaria,
Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el Nº
Marilú
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