En virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara con Lugar la solicitud de la DRA. BLANCA GUEVARA, en su condición de Fiscal Séptima del Ministerio Publico encargada para el Régimen Procesal Transitorio Ministerio Publico así como lo solicitado por la Defensa Publica Undécima en cuanto a la Libertad Plena, del ciudadano EDGAR JOSE MEZA ECHARRY, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.567.833, por cuanto no se obtuvo otro dato del expediente habiendo realizado la representante fiscal todas las diligencias necesarias a los fines de la ubicación del mismo. SEGUNDO: Se declara con lugar lo manifestado por la Representación Fiscal como también solicitado por la defensa Publica en cuanto sea excluido del SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACIÓN POLICIAL “SIPOL”, toda vez que de las actas presentadas no se evidencia la comisión de delito alguno. TERCERO: Con relación al procedimiento a aplicar, este Juzgado acuerda proseguir la causa presentada por el Procedimiento Ordinario, del Libro Segundo Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se insta al Ministerio Público, continuar con las investigaciones hasta el total de los esclarecimientos de los hechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal y realizar toda la investigación pertinente y su remisión a la Fiscalía. QUINTO: Se acuerdan expedir las respectivas copias simples de la presente acta, solicitada por ambas partes y librar los oficios correspondientes al organismo aprehensor a los fines de notificarles de la presente decisión