En horas de despacho del día de hoy, Diecinueve (19) de Febrero de 2009, siendo las 10:00 a.m, se trasladó y constituyó este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín, Rafael Urdaneta y Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, frente a un inmueble ubicado en la Carrera 5, Barrio El Diamante, frente al Centro Penitenciario de Occidente, casa sin número, identificado con un letrero que reza Familia Contreras Osorio, de esta localidad de Santa Ana, Municipio Córdoba del Estado Táchira, a los fines de dar cumplimiento con el despacho comisorio de medida innominada, procedente del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Táchira, relacionado con el expediente N° 5659, en el que María Durán Contreras demanda a los ciudadanos Ailen Contreras de Fernández, Carmen Contreras de Osuna, Víctor Fernández y Danny Osuna, estando en compañía del Abogado Efraín Arias González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 1544, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, ciudadana María Durán y de la custodia policial conformada por dos (02) efectivos policiales al mando del Cabo Segundo Cuellar Rodríguez, placa N° 882. Seguidamente se procedieron a hacer los toques de Ley, sin comparecer persona alguna, por lo que se otorga un tiempo prudencial de Treinta (30) minutos para que se haga presente alguna de las personas codemandadas en esta causa, a los fines de dar fiel cumplimiento a la presente comisión. Siendo las 10:35 a.m, se hizo presente una ciudadana que se identificó con su cédula de identidad como Ailen Coromoto Contreras de Fernández, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad N° V-13.303.449, parte codemandada en la presente causa, a quien se le notificó de la misión y objeto del Tribunal y a quien se le instó a dar cumplimiento al Mandamiento de ejecución, en tal sentido, se ordena a la codemandada Ailen Contreras, notificada en esta acta y a Carmen Contreras plenamente identificadas en el Despacho Comisorio a permitir a la ciudadana María Abigail Durán Contreras, titular de la cédula identidad N° 3.196.470, el uso del inmueble frente al cual se encuentra constituido este Tribunal y debidamente identificado y descrito en el despacho comisorio, en la proporción que le corresponde. El apoderado judicial de la parte actora, antes identificado, solicita el derecho de palabra y concedido como le fue expone: “En razón de que le Juez de la cusa dispuso que se pusiera a mi representada en posesión de la cuota parte que como copropietaria le corresponde en le inmueble objeto que ha sido objeto de este litigio y el Tribunal Ejecutor en cumplimiento del mandato de ejecución ha notificado a la codemandada Ailen Coromoto Contreras de Fernández, en vista de que no ha sido posible el acceso al inmueble porque manifestó la notificada que no tiene las llaves, solicito se le requieran para entrar en el inmueble y en caso negativo se le ordena ya sea por intermedio de este Tribunal o del comitente, solicito sea testado la palabra “objeto” que se repite innecesariamente, es todo”. Siendo las 11:30 a.m, se hizo presente una ciudadana que se identificó con su cédula de identidad como Carmen Maribel Contreras Osorio, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad N° 14.776.954, parte codemandada en la presente causa, a quien se le notificó de la misión y objeto del Tribunal. Seguidamente, siendo las 11:35 a.m, las codemandadas y notificadas en esta acta procedieron a hacer entrega de copia de dos (02) llaves de las puertas y rejas principales del inmueble objeto de la presente medida al Abogado Efraín Arias González, apoderado judicial de la parte actora y quien manifestó en este mismo acto que las recibe conforme. Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena que por Secretaría se dé lectura a la presente acta y de no haber observación alguna se dé por terminada y firmada por los presentes. Leída como ha sido la presente acta, este Tribunal ordena que se proceda a testar la palabra “Objeto”, solicitada por el Apoderado Judicial de la parte actora. Cúmplase lo ordenado. No hubo mas observaciones, se da por terminado siendo las 11:40 a.m y se ordena el regreso del Tribunal a su sede definitiva. . LA JUEZ (FDO. ILEGIBLE) ABG. DAYANA MARITZA RIVAS HIDALGO (HAY SELLO HUMEDO DEL TRIBUNAL). LAS CODEMANDADAS Y NOTIFICADAS (FDO. ILEGIBLE) AILEN CONTRERAS, CARMEN CONTRERAS (SE NEGO A FIRMAR). EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA (FDO. ILEGIBLE) ABG. EFRAIN ARIAS GONZALEZ. LA CUSTODIA POLICIAL (FDO. ILEGIBLE) CUELLAR RODRIGUEZ. LA SECRETARIA (FDO ILEGIBLE) ABG. MARGELIS CONTRERAS FUENMAYOR
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