San Cristóbal, 18 de Febrero de 2009.
Revisada la causa signada con el numero 3E-3329, se observa que al folio 166 se encuentra inserto computo de pena de fecha 11 de Febrero de 2008, en el cual se aprecia que el penado LUÍS ALBERTO GARCÍA, cumple totalmente la pena impuesta el día de hoy Miércoles, 18 de Febrero de 2009
En consecuencia, procede declararse el cumplimiento total de la condena impuesta, así como la extinción de la responsabilidad criminal y la libertad plena de penado, y así se decide:
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto a el ciudadano LUÍS ALBERTO GARCÍA, por el delito de HURTO AGRAVADO Y FALSA ATESTACIÓN. En consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.
Remítase el presente expediente al Archivo Judicial de este Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en virtud de la terminación total del proceso penal, y déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal, se notifica a las partes. Líbrese Boleta de Libertad al Centro Penitenciario de Occidente y regístrese su salida.
Abg. ISBETH SUÁREZ BERMÚDEZ.
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN
Abg. MARÍA ALEJANDRA GUTIÉRREZ
SECRETARIA.
Exp. 3E-3339
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