REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Juicio del Estado Vargas
Macuto, 11 de Febrero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2005-000015
ASUNTO : 4U-1141-06

De la revisión efectuada a las actuaciones que integran la presente causa, se observa que el acusado JIMMY JOSE RODRIGUEZ JIMENEZ, titular de la cédula de identidad No. V-16.308.960 falleció, en tal sentido este Tribunal antes de emitir un pronunciamiento, previamente observa:

En fecha 04 de marzo del año 2005, el Tribunal Tercero de Control Circunscripcional, admitió la acusación fiscal en contra del ciudadano Jimmy José Rodríguez Jiménez, por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 1° del Código Penal vigente para esa fecha.

Ahora bien, al folio veintiuno (sexta pieza) cursa acta de defunción No 107, de fecha 05-02-2009, emanada de la Dirección General de Atención y Participación Ciudadana, Dirección de Registro Civil, Alcaldía del Municipio Vargas, Estado Vargas, donde dejan constancia que el mencionado ciudadano, falleció el 05-10-2008, siendo la causa de la muerte: “herida por arma de fuego”.

Así las cosas, considera este Tribunal que vista la trascripción precedente del documento público que demuestra fehacientemente la muerte del acusado de autos JIMMY JOSE RODRIGUEZ JIMENEZ, cuya consecuencia jurídica es la extinción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el 103 del Código Penal, el cual dispone: “…La muerte del procesado extingue la acción penal…”

En consecuencia, este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA EN RELACION AL ACUSADO JIMMY JOSE RODRIGUEZ JIMENEZ POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el 103 del Código Penal Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al acusado JIMMY JOSE RODRIGUEZ JIMENEZ, titular de la cédula de identidad No.V-16.308.960, por extinción de la acción penal, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el 103 del Código Penal.
Diarícese, publíquese, notifíquese y déjese copia

EL JUEZ,


ABG. RAMÓN ANTONIO MARTÍNEZ ANTILLANO

LA SECRETARIA,


ABG. KATIUSCA MARTINEZ MARTINEZ
RAMA/rama