REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Vargas
Tribunal Segundo de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 19 de Febrero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : WJ01-P-2007-000073
ASUNTO : WJ01-P-2007-000073
2E-1895-08
AUTO EXTENSION DE PRESENTACIONES
Corresponde a este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, emitir pronunciamiento judicial relativo a la solicitud presentada por la Dra. Lirio Padilla F, defensora Pública Penal Décimo Tercera en Fase de Ejecución. Adscrita a la Unidad de Defensoría Pública del Estado Vargas en su condición de abogada de la ciudadana Katiuska De Los Ángeles Ruiz Muñoz, titular de la cédula de Identidad N° 17.837.825, la mencionada abogada solicitó: “ …..tenga bien el ciudadano Juez, tomar consideración de la problemática que se le presenta a mi defendida, en cuanto al cumplimiento de las presentaciones cada ocho (08) días impuestas por el tribunal, por los reiterados permisos semanalmente, los cuales le acarrean problemas en su trabajo…….”
Ahora bien, visto el último computo cursante en las actas procesales, se evidencia que la penada Katiuska De Los Ángeles Ruiz Muñoz, cumple la totalidad de la pena impuesta en fecha 03 de julio de 2009, por lo cual quien aquí decide considera ajustado a derecho extender el lapso de presentaciones cada cuarenta y cinco (45) días, y Así se decide.-
Dispositiva.
Con base en los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Acuerda Extender las presentaciones periódicas ante el registro Civil de la Alcaldía del Municipio Caroni, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, a la ciudadana Katiuska De Los Ángeles Ruiz Muñoz, antes identificados, cada cuarenta y cinco (45) días.
Regístrese, publíquese, déjese copia, ofíciese y notifíquese a las partes de la presente decisión.
El Juez,
Juan Fernando Contreras C.
La Secretaria,
Abg. Vanessa Brizuela Bigott.
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