PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA
198º y 149º
EXPEDIENTE Nº SPO1-L-2008-001016.
PARTE ACTORA: JESUS SAMUEL AGUILAR SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N°: 10.744.939.
ABOGADO DEL ACTOR: EDUARDO CHAVEZ CH., inscrita bajo el IPSA N°: 97.433.
PARTE DEMANDADA: SAMUEL VALERIO AGUILAR, titular de la Cédula de Identidad N°: 2.811.638.
ABOGADO DEL DEMANDADO: ALI CAÑIZALEZ DAVILA, con IPSA Nro: 13.075.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, Miercoles (18) de febrero de 2009, siendo las 10:30 de la mañana oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, previo anuncio de Ley realizado por el Alguacil de este Tribunal, comparecieron el trabajador, los abogados de ambas partes anteriormente mencionados y el demandado. La ciudadana Juez de este Despacho, una vez iniciada la Audiencia de conformidad con lo establecido en el articulo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejo constancia de la comparecencia de las partes, y procedió a explicarles a las mismas el motivo de la Audiencia y las reglas a seguir, se les concedió un tiempo prudencial para que expusieran sus argumentos, en este estado se le concedió el derecho de palabra a el abogado de la parte demandada y concedido como le fué expuso: propongo a JESUS SAMUEL AGUILAR SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N°: 10.744.939, que reciba la cantidad de TRES MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.3.000,00), lo cual le será cancelado ante este Tribunal, en 4 pagos por Bs.800,oo los tres primeros pagos, en fechas 19-03-2009, 21-04-2009 y el tercer pago el 20-05-2009, y un cuarto y último pago para el 23-06-2009 por Bs.600,00. En ese momento se instó a la parte demandante a considerar la cantidad ofertada para darle fin al proceso y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho le corresponde al pago por sus prestaciones sociales.
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