JUZGADO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 30 de julio de 2009.
199º y 150°
Vista la diligencia suscrita por los ciudadanos PASQUALE IACAMPO DE SANTIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.641.562, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira, asistido por la abogada IRIS SOLANLLE ALBARRAN PEREZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 80.443, parte demandante y la ciudadana ELISA GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.996.499, asistida por el abogado VICTOR DUQUE RAMIREZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 4.122, parte demandada, mediante la cual el primero DESISTE de la demanda y la segunda lo consiente, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR el Desistimiento realizado, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia queda extinguido el proceso. Igualmente, por cuanto no hay más actuaciones que realizar, se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente.-
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA
ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.
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