REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
199 ° y 150 °
ASUNTO: SP01-L-2009-000491
PARTE ACTORA: Los ciudadanos LUCY ARABELLA MONSALVE ORTEGA, ANA VERONICA AMAYA CONTRERAS y CARMEN DELFA MENDOZA DE BARRERA, titulares de las Cedulas de Identidad Nos V- 13.349.687, V-17.369.578 y V-4.923.373, en su orden.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: FANNY DUNLLIN LIMA GAMEZ, LUIS EDUARDO MEDINA GALLANTI, RENZO BENAVIDES LIZARAZO, MARIA ANTONIA ANDREU SUAREZ, JONATHAN RAFAEL ARAQUE RODRIGUEZ, KARLASILENY SOSA MORENO, JEAN CARLOS SAYAGO VILLAMIL, EDUARDO JOSUE CHAVEZ CHAPARRO, NELLY YORLEY CASTAÑEDA CASTELLANOS y ADRIANA ISABEL RODRIGUEZ MONTOYA, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-11.491.504, V-12.630.587, V-10.146.414, V-11.503.663, V-14.546.527, V-14-606.444, V-15.028.535, V-13.693.127, V-12.229.672 Y V-13.708.522 respectivamente, con Inpreabogado Nros. 73.645, 75.666, 48.448, 66.900, 97.378, 97.375, 111.036, 97.433, 97.697 y 97.951 en su orden.
PARTE DEMANDADA: UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO SANTA BÁRBARA C.A., inscrita en el registro Mercantil Tercerode fecha 15 de julio de 1999, bajo el N° 77, Tomo 8-A
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy, Veintitrés (23) de Julio de 2009, siendo las 9 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, las ciudadanas LUCY ARABELLA MONSALVE ORTEGA, ANA VERONICA AMAYA CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 13.349.687 y V- 17.369.578, así como su co-apoderado judicial, ciudadano EDUARDO JOSUÉ CHÁVEZ CHAPARRO, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.693.127, con Inpreabogado Nro. 97.433, como se evidencia de instrumento poder otorgado ante la Notaria Pública Cuarta de San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 12 de junio de 2.009, anotado bajo el Nro.05, tomo 96, que corre en los folios 12 y 13 del presente asunto. El Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandada, Unidad Educativa Colegio Santa Bárbara C.A., por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, estableciendo que una vez revisada la petición de la parte demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se declara la ADMISIÓN DE LOS HECHOS ajustada a derecho alegados por la parte accionante y en tal sentido: este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por LUCY ARABELLA MONSALVE ORTEGA, ANA VERONICA AMAYA CONTRERAS y CARMEN DELFA MENDOZA DE BARRERA, titulares de las Cedulas de Identidad Nos V- 13.349.687, V-17.369.578 y V-4.923.373, en su orden, contra la UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO SANTA BÁRBARA C.A., por Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
Ciudadana LUCY ARABELLA MONSALVE ORTEGA:
PRIMERO: ANTIGUEDAD: Conforme al artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo: Desde el 14-10-2008 hasta el 05-03-2009, 05 días a razón de Bs.22.99 diarios = Bs.114,95
Desde el 05-03-2009 hasta el 03-04-2009, 05 días a razón de Bs. 35,37 diarios = Bs. 176,85
Total = Bs. 291,80
SEGUNDO: VACACIONES FRACCIONADAS: Conforme al artículo 219 de la Ley Orgánica del Trabajo: Desde el 14-10-2008 hasta el 03-04-2009, correspondiéndole 6,25 días a razón de Bs.35,37 diarios = Bs. 221,06.
TERCERO: BONO VACACIONAL FRACCIONADO: De conformidad con el artículo 223 de la Ley Orgánica del Trabajo: Desde el 14-10-2008 hasta el 03-04-2009, correspondiéndole 2,91 días a razón de Bs.35,37 diarios = Bs.102,93.
CUARTO: UTILIDADES FRACCIONADAS: Conforme al artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo:
- Desde el 14-10-2008 hasta el 31-12-2008 = 2,5 días a razón de Bs. 35,37 diarios = Bs. 88,43
- Desde el 01-01-2009 hasta el 03-04-2009 = 3,75 días a razón de Bs. 35,37 diarios = Bs. 132,64
Total = Bs. 221,07
Para un total adeudado de OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS BOLÍVARES CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 836,86)
Ciudadana ANA VERÓNICA AMAYA CONTRERAS
PRIMERO: ANTIGUEDAD: Conforme al artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo: Desde el 06-10-2008 hasta el 05-03-2009, 05 días a razón de Bs.26.35 diarios = Bs.131,75
Desde el 05-03-2009 hasta el 03-04-2009, 05 días a razón de Bs. 31,66 diarios = Bs. 158,30
Total = Bs. 290,05
SEGUNDO: VACACIONES FRACCIONADAS: Conforme al artículo 219 de la Ley Orgánica del Trabajo: Desde el 06-10-2008 hasta el 03-04-2009, correspondiéndole 6,25 días a razón de Bs.31,66 diarios = Bs. 197,88
TERCERO: BONO VACACIONAL FRACCIONADO: De conformidad con el artículo 223 de la Ley Orgánica del Trabajo: Desde el 06-10-2008 hasta el 03-04-2009, correspondiéndole 2,91 días a razón de Bs.31,66 diarios = Bs. 92,13
CUARTO: UTILIDADES FRACCIONADAS: Conforme al artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo:
- Desde el 06-10-2008 hasta el 31-12-2008 = 2,5 días a razón de Bs. 31,66 diarios = Bs. 79,15
- Desde el 01-01-2009 hasta el 03-04-2009 = 3,75 días a razón de Bs. 31,66 diarios = Bs. 118,73
Total = Bs. 197,88
Para un total adeudado de SETECIENTOS SETENTA Y SIETE BOLÍVARES CON NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 777,94)
Ciudadana CARMEN ADELFA MENDOZA DE BARRERA
PRIMERO: ANTIGUEDAD: Conforme al artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo: Desde el 06-10-2008 hasta el 05-03-2009, 05 días a razón de Bs.30,60 diarios = Bs.153,00
Desde el 05-03-2009 hasta el 03-04-2009, 05 días a razón de Bs. 40,68 diarios = Bs. 203,40
Total = Bs. 356,40
SEGUNDO: VACACIONES FRACCIONADAS: Conforme al artículo 219 de la Ley Orgánica del Trabajo: Desde el 06-10-2008 hasta el 03-04-2009, correspondiéndole 6,25 días a razón de Bs.36,60 diarios = Bs. 228,75
TERCERO: BONO VACACIONAL FRACCIONADO: De conformidad con el artículo 223 de la Ley Orgánica del Trabajo: Desde el 06-10-2008 hasta el 03-04-2009, correspondiéndole 2,91 días a razón de Bs.36,60 diarios = Bs. 106,50
CUARTO: UTILIDADES FRACCIONADAS: Conforme al artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo:
- Desde el 06-10-2008 hasta el 31-12-2008 = 2,5 días a razón de Bs. 36,60 diarios = Bs. 91,15
- Desde el 01-01-2009 hasta el 03-04-2009 = 3,75 días a razón de Bs. 36,60 diarios = Bs. 137,25
Total = Bs. 228,40
Para un total adeudado de NOVECIENTOS VEINTE BOLÍVARES CON CINCO CÉNTIMOS (Bs. 920,05)
Se establece además para cada una de las trabajadoras, el cálculo de los intereses sobre la antigüedad y los intereses de mora, así como la indexación o ajuste por inflación que deberá ser calculada mediante una experticia complementaria del fallo, que debe ser practicada por un solo perito designado por el tribunal, en base a los siguientes parámetros:
a) Para calcular los intereses sobre la antigüedad se tomará en cuenta el promedio entre las tasas activas y pasivas de los seis principales bancos comerciales del país, publicados por el Banco Central de Venezuela, en los meses respectivos en que le nació el derecho a la antigüedad hasta la finalización de la relación laboral.
b) Para calcular los intereses de mora se tomará en cuenta el promedio entre las tasas activas y pasivas de los seis principales bancos comerciales del país, publicados por el Banco Central de Venezuela, desde la fecha de la finalización de la relación laboral hasta que quede definitivamente firme la presente decisión.
c) Conforme a lo establecido en la Sentencia Nro. 1841 de fecha 11 de Noviembre de 2008, emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia; la indexación o corrección monetaria será calculada desde la fecha de la finalización de la relación laboral hasta que quede definitivamente firme la presente decisión, excluyendo del mismo el lapso en el que el proceso se encontraba suspendido por acuerdo entre las partes o se haya paralizado por motivos no imputables a ellas, es decir, caso fortuito o fuerza mayor como vacaciones judiciales o huelgas tribunalicias
d) Igualmente los intereses moratorios y la indexación será calculada en caso de incumplimiento voluntario de conformidad con el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEXTO: Se condena en costas a la parte demandada.
PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199 y 150.
LA JUEZ
BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO
LA SECRETARIA
MÓNICA GUERRERO
Los Presentes,
PARTE ACTORA:
ANA VERÓNICA AMAYA CONTRERAS
LUCY ARABELLA MONSALVE ORTEGA
CO-APODERADO DE LA PARTE ACTORA:
EDUARDO JOSUÉ CHÁVEZ CHAPARRO
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