JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veintidós de julio de dos mil nueve.
199º y 150º
Recibido por distribución, constante todo de veinte (20) folio útil. Y visto el escrito presentado por los ciudadanos ANA PAULA VÁSQUEZ DE MONSALVE, RAQUEL LILIANA MONSALVE VÁSQUEZ Y DANIEL ALFREDO MONSALVE VÁSQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.788.533, V-11.499.888, V-13.588.475, actuando la primera como apoderada del ciudadano DAVID EDUARDO MONSALVE VÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad No. V-10.172.691, según Poder Especial, otorgado por ante la Notarían Pública Décima Sexta del Municipios Libertador, Distrito Capital, inserta bajo el No.32, Tomo 32, de fecha 26/06/2009, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio LOURDES CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.166.343, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 64.273, en el cual expone que su esposo y padre JOSÉ DAVID MONSALVE VELASCO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-5.020.338, fallecida el día 26 de mayo de 2009, a causa de PARO CARDIORRESPIRATORIO, HEPATOCARCINOMA, tal y como se evidencia del Acta de Defunción N° 558, levantada en fecha 02/06/2009, y expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en fecha 09/06/2009, la cual esta anexa al presente escrito, igualmente consignan: Acta de Matrimonio No. 5129, Partidas de Nacimiento Nos. 5129, 969, 141, Justificativo de Testigo evacuado por ante Notaria Pública Cuarta de San Cristóbal y Copias de las Cédulas de Identidad; donde se evidencia que los ciudadanos ANA PAULA VÁSQUEZ DE MONSALVE, RAQUEL LILIANA MONSALVE VÁSQUEZ, DANIEL ALFREDO MONSALVE VÁSQUEZ, DAVID EDUARDO MONSALVE VASQUEZ, son los únicos y universales herederos del fallecido JOSÉ DAVID MONSALVE VELASCO. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a ANA PAULA VÁSQUEZ DE MONSALVE, RAQUEL LILIANA MONSALVE VÁSQUEZ, DANIEL ALFREDO MONSALVE VÁSQUEZ, DAVID EDUARDO MONSALVE VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.788.533, V-11.499.888, V-13.588.475, V-10.172.691, respectivamente, en su condición de esposa e hijos del fallecido JOSÉ DAVID MONSALVE VELASCO, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo TODOS LOS DERECHOS DE TERCEROS. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas a la parte interesada, a los fines legales.
La Jueza Suplente,
Abg. Bilma Carrillo Moreno
La Secretaria,
Abg. Anaminta Peñaloza Espinoza
Exp.- 5503 .- en la misma fecha se deja copia para el archivo bajo el No. 25
Emily.-
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