JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, San Cristóbal, treinta y uno de julio de dos mil nueve.
199° y 150°
De las actas procesales que integran la presente causa signada con el N° 5675, intentada por el abogado JAVIER ALFONSO PALACIOS USECHE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 91.939, apoderado judicial de la ciudadana FRANCA MARIA NARCISCO AMARIS, por COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN; contra MARIA JACKELINE VERGEL ORTEGA Y OROZCO CONSUELO YRAIDA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.566.536 y V-9.230.330; y vista la diligencia de fecha 17 de junio de 2009, suscrita por el abogado actor JAVIER ALFONSO PALACIOS USECHE, mediante la cual consigna copia simple del acuerdo de pago suscrito por vía privada con la codemandada MARIA JACKELINE VERGEL ORTEGA (Fs. 2, 3 y vto. del cuaderno de medidas).
De acuerdo con las consideraciones expuestas, este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, APRUEBA el acuerdo de pago realizada por el apoderado actor JAVIER ALFONSO PALACIOS USECHE y por la demandada MARIA JACKELINE VERGEL ORTEGA, en los términos allí establecidos, por lo que le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo solicitado por la parte actora en diligencia de fecha 09 de julio de 2009, se acuerda:
• Levantar la medida preventiva de embargo decretada el 31 de octubre de 2008.
• Expedir copia fotostática certificada del acuerdo de pago de la diligencia inserta al folio 18 y de la presente decisión.
• Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
La Jueza Suplente,
Bilma Carrillo Moreno
La Secretaria,
Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se dejó copia bajo el N° ____.
Marilú
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