JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 02 de julio de 2009.
199° y 150º
Vista la transacción Judicial efectuada ante este Despacho en fecha veintinueve (29) de junio de 2009, que corre agregada a los folios 21 y 23, del expediente N° 2185-09 por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO POR VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL por la Abogada GLORIA AURORA DUARTE DE CASTIBLANCO, titular de la Cédula de identidad N° V- 1.588.778, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 58.631 apoderada Judicial BLANCA MIRIAM DUARTE VIUDA DE HERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 1.581.967 y la ciudadana SUSY CAROLINA HERRERA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 20.061.506, debidamente asistida por la abogada en ejercicio RAIZA TAMARA OCHOA DE OVALLES, Venezolana,mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.992.777, inscrita en Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 74.500 y por cuanto de la revisión se determina que las partes están facultadas para la Auto-composición, constituyéndose en jueces de su propia causa y desprendiéndose que la indicada transacción Judicial no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, a derecho y versa sobre derechos disponibles el Tribunal le imparte HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, dándole fuerza ejecutiva. Cúmplase.
El Juez Titular,
ABG. PEDRO ANTONIO GÁFARO PERNÍA.
La Secretaria,
ABG. ROSSY MARIANA MENDOZA ROJAS
La Sria,
Exp. 2185-09
PAGP/silvia.-
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