REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL
EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
199° Y 150°
San Cristóbal, 14 de Julio de 2009
PENADO: VICTOR ALFONSO PORRAS HERNANDEZ
CAUSA: N° 2E-2511
Vista la solicitud de Destino a Régimen Abierto del penado: VICTOR ALFONSO PORRAS HERNANDEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 67 y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, este Tribunal pasa a resolver bajo las siguientes consideraciones:
I
PRIMERO: Corre inserta decisión del Tribunal de Juicio en la cual condeno al imputado VICTOR ALFONSO PORRAS HERNANDEZ a la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION.
SEGUNDO: Corre inserto al folio 168 Cómputo de Pena de fecha 3 de Noviembre de 2008, en el cual consta que el penado VICTOR ALFONSO PORRAS HERNANDEZ tiene cumplida 1/3 parte de la pena para el beneficio de Régimen Abierto.
TERCERO: Corre inserto al folio 114 los antecedentes penales del penado VICTOR ALFONSO PORRAS HERNANDEZ, señalando pena de UN AÑO Y SEIS MESES por el Tribunal Quinto de Control, de fecha 17/6/05, que no se corresponden con la misma causa que ocupa la atención del Tribunal, por lo que según ello si posee antecedentes por causa anterior.
CUARTO: Corre inserto INFORME TÉCNICO 369 de la unidad Técnica Numero 03, en el que se emite pronóstico DESFAVORABLE y del cual cabe destacar:
PRONOSTICO: Comportamiento delictual reiterado, falta de internalización del delito, dificultad en los controles internos, descontrol de impulsos e inadecuado control de comportamiento, persistencia para la transgresión de la norma, con vulnerabilidad a la presión del ambiente y de otras personas.
CONCLUSIÓN: Infiere opinión DESFAVORABLE sobre la formula solicitada.
II
Al respecto, este Tribunal observa:
Ahora bien, analizado el Informe Evaluativo que contiene PRONÓSTICO DESFAVORABLE sobre el comportamiento futuro del penado VICTOR ALFONSO PORRAS HERNANDEZ, así como observando que presenta antecedentes penales por la comisión de hechos punibles anteriores a este y analizado el contenido de dicho informe en todos y cada uno de los aspectos que comprende: la Evolución del Caso y Conclusión, considera este Juzgador, que debe NEGARLE el Destino a Establecimiento Abierto, ya que el mismo no cumple con los requisitos requeridos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, considera este Tribunal improcedente y niega el otorgamiento a DESTINO A RÉGIMEN ABIERTO al penado VICTOR ALFONSO PORRAS HERNANDEZ en virtud de que no se encuentran satisfechos en forma concurrente los requisitos exigidos por la ley para su otorgamiento. Y así se decide.
III
Por los fundamentos expuestos, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: UNICO: IMPROCEDENTE Y NIEGA EL DESTINO A RÉGIMEN ABIERTO al penado VICTOR ALFONSO PORRAS HERNANDEZ, plenamente identificado em autos, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Táchira, por no cumplir con los requisitos previstos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, notifíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
ABG. RICHARD ANTONIO CAÑAS DELGADO
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Abg. CUSTODIO JOSE COLMENARES CARDENAS
SECRETARIO