San Cristóbal, 22 de Julio de 2009.

Revisada la presente causa se observa que están agradadas las constancias de asistencia ante el CEPAO de la ciudadana JAVIER ENRIQUE ARAQUE PEÑA, cumpliendo así con las medidas de seguridad que le impuso el Tribunal Quinto de Control.
En consecuencia, procede la extinción de la responsabilidad criminal y la libertad plena de penado, y así se decide:
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto a el ciudadano JAVIER ENRIQUE ARAQUE PEÑA se decreta LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del Código Penal.

Remítase el presente expediente al Archivo Judicial de este Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en virtud de la terminación total del proceso penal, y déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal, se notifica a las partes. Líbrese Oficio y regístrese su salida.


Abg. ISBETH SUÁREZ BERMÚDEZ.
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN






Abg.
SECRETARIA.
Exp. 3E-3554